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Código civil y comercial de la Nación comentado Ricardo Luis Lorenzetti; Miguel Federico De Lorenzo y Pablo Lorenzetti tomo VIII arts. 1614 a 1881

Por: Lorenzetti, Ricardo Luis, 1955- [director].
Colaborador(es): De Lorenzo, Miguel Federico [coordinador] | Lorenzetti, Pablo (Pablo Ricardo) [coordinador].
Tipo de material: materialTypeLabelLibroEditor: Buenos Aires Rubinzal Culzoni editores 2015Descripción: 11 volúmenes (908, 843, 709, 692, 838, 903, 919, 992, 868, 920, 896, páginas) 23 cm.Tipo de contenido: texto Tipo de medio: sin mediación Tipo de portador: volumenISBN: 9789873005909.Tema(s): DERECHO CIVIL -- Argentina | CODIGO CIVIL Y COMERCIAL -- Argentina | DERECHO COMERCIAL -- Argentina | CESIÒN DE DEUDAS | FIDEICOMISO | RESPONSABILIDAD CIVIL | DAÑOS Y PERJUICIOS | RESPONSABILIDAD DIRECTA | ACCIÒN CIVIL EN EL PROCESO PENAL | EMPLEO ÙTIL | OBLIGACIONES | PROMESA PÙBLICA DE RECOMPENSA | CONCURSO PÙBLICO | TÍTULOS DE CRÉDITO | CESION DE DERECHOS | TRANSACCIÒN | DOMINIO FIDUCIARIO | DAÑO RESARCIBLE | INDEMNIZACIÒN | RESPONSABILIDAD COLECTIVA | GESTIÒN DE NEGOCIOS | ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA | PAGO INDEBIDO | DECLARACIÒN UNILATERAL DE VOLUNTAD
Contenidos:
Artículos 1614 a 1631 / Carlos A. Hernández y Julieta B. Trivisonno - Artículos 1632 a 1648 / Sandra A. Frustagli y María Paula Arias - Artículos 1649 a 1665 / Francisco Junyent Bas y M. Constanza Garzino - Artículos 1666 a 1707 / José Fernando Márquez - Artículo 1708 / Jorge Mario Galdós, Pablo Lorenzetti y Federico Zonis - Artículos 1709 a 1715 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1716 y 1720 / Sebastián Picasso - Artículos 1721 y 1722 / Jorge Mario Galdós - Artículo 1723 / Sebastián Picasso -Artículos 1724 y 1725 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1726 a 1736 / Sebastián Picasso - Artículos 1737 a 1748 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1749 y 1750 / Sebastián Picasso - Artículos 1751 a 1756 / Luis R. J. Sáenz - Artículos 1757 a 1759 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1760 a 1762 / Sebastián Picasso y Luis R. J. Sáenz - Artículos 1763 a 1768 / Luis R. J. Sáenz - Artículos 1769 a 1771 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1772 a 1780 / Luis R. J. Sáenz - Artículos 1781 a 1799 / Sandra M. Wierzba - Artículos 1800 a 1881 / Martín Esteban Paolantonio –
Resumen: CAPÍTULO 26 - CESIÓN DE DERECHOS, p.9 - Introducción. La cesión de derechos en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.10 - Art. 1614 – Definición - III) Interpretación de la norma - III.1) La cesión en el Derecho Romano y en el sistema jurídico romanista - III.2) La cesión de derechos. Metodología del Código - III.3) La definición de la cesión - III.4) La importancia de la figura - Art. 1615 - Cesión en garantía - III) Interpretación de la norma - III.1) Naturaleza presumida de la cesión de créditos en garantía - III.2) Efectos frente a terceros - Art. 1616 - Derechos que pueden ser cedidos - Art. 1617 – Prohibición - III) Interpretación de las normas - III.1) El principio general relativo al objeto de la cesión - III.2) Prohibición de ceder derivada del acuerdo de partes - III.3) Prohibición de ceder derivada de la ley - III.4) Prohibición derivada de la naturaleza del derecho - III.5) Los "derechos inherentes a la persona humana" - Art. 1618 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) La regla general sobre la forma del contrato de cesión y sus excepciones - III.2) Las consecuencias jurídicas derivadas del incumplimiento de la forma exigida - Art. 1619 - Obligaciones del cedente - III) Interpretación de la norma - III.1) Los efectos del contrato de cesión. Las obligaciones del cedente y del cesionario - III.2) Momento desde el que opera la transferencia del derecho al cesionario - III.3) Alcances de la transferencia del derecho - Art. 1620 - Efectos respecto de terceros - Art. 1621 - Actos anteriores a la notificación de la cesión - Art. 1622 - Concurrencia de cesionarios - Art. 1623 - Concurso o quiebra del cedente - III) Interpretación de las normas - III.1) Los terceros en el contrato de cesión - III.2) Los efectos de la cesión respecto de terceros: la notificación al cedido. El alcance del artículo 1620 - III.3) Actos anteriores a la notificación de la cesión. El artículo 1621 - III.4) Conflictos entre cesionarios sucesivos. El artículo 1622 y el artículo 1626 - III.5) Conflictos entre cesionario y acreedores del cedente. El artículo 1623 - Art. 1624 - Actos conservatorios - Art. 1625 - Cesión de crédito prendario - Art. 1626 - Cesiones realizadas el mismo día - Art. 1627 - Cesión parcial - Art. 1628 - Garantía por evicción - Art. 1629 - Cesión de derecho inexistente - Art. 1630 - Garantía de la solvencia del deudor - Art. 1631 - Reglas subsidiarias - III) Interpretación de las normas - III.1) La garantía legal por evicción en la cesión - III.2) Los supuestos excluidos de la responsabilidad por evicción - III.3) Los efectos de la garantía legal del derecho cedido. El artículo 1629 - III.4) Renuncia o modificación de la garantía - III.5) La garantía de la solvencia del deudor en la cesión de créditos. Los artículos 1628 y 1630 - SECCIÓN 2ª - CESIÓN DE DEUDAS, p.59 - Art. 1632 - Cesión de deuda - Art. 1633 - Asunción de deuda - Art. 1634 - Conformidad para la liberación del deudor - Art. 1635 - Promesa de liberación - III) Interpretación de las normas - III.1) Noción y elementos tipificantes de los diversos tipos de contratos transmisivos de deudas o cesión de deudas lato sensu - III.2) Conformidad del acreedor: modalidades -III.3) El contrato de cesión de deuda stricto sensu - III.4) El contrato de asunción de deuda - III.5) Promesa de liberación. Principio general. Excepción - CAPÍTULO 27 - CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL, p.68 - Art. 1636 – Transmisión - III) Interpretación de la norma - III.1) Metodología - III.2) Concepto, caracterización y estructura del negocio - III.3) Ámbito de aplicación de la figura - III.4) Elementos esenciales particulares del contrato - III.4.A) Transmisión de la posición contractual - III.4.B) Conformidad o aceptación del cedido - Art. 1637 – Efectos - Art. 1638 – Defensas - Art. 1639 – Garantía - Art. 1640 - Garantías de terceros - III) Interpretación de las normas - III.1) Efectos entre cedente y cesionario - III.2) Efectos entre cedido y cedente - III.3) Efectos entre cedido y cesionario - CAPÍTULO 28 – TRANSACCIÓN, p.81 - Art. 1641 – Concepto - III) Interpretación de la norma - III.1) Naturaleza jurídica - III.2) Concepto - III.3) Elementos tipificantes - Art. 1642 - Caracteres y efectos - III) Interpretación de la norma - III.1) Los efectos de cosa juzgada de la transacción - III.2) Interpretación restrictiva - Art. 1643 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) Forma de la transacción - III.2) Forma de la transacción judicial - Art. 1644 – Prohibiciones - III) Interpretación de la norma - III.1) El objeto de la transacción. Límites - Art. 1645 - Nulidad de la obligación transada - Art. 1646 – Sujetos - III) Interpretación de la norma - III.1) Capacidad y legitimación para transar - III.1.A) Limitaciones vinculadas a la capacidad para enajenar los derechos objeto de transacción - III.1.B) Limitaciones que alcanzan a los padres, tutores y curadores respecto de las cuentas de su gestión - III.1.C) Limitaciones que alcanzan a los albaceas respecto de derechos y obligaciones que confiere el testamento - Art. 1647 – Nulidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Nulidad de la transacción derivada de la invocación de títulos total o parcialmente inexistentes o ineficaces - III.2) Nulidad por ignorancia de la existencia de un título mejor con relación al derecho objeto de transacción - III.3) Nulidad de la transacción referida a un litigio resuelto por sentencia firme - Art. 1648 - Errores aritméticos - CAPÍTULO 29 - CONTRATO DE ARBITRAJE, p.109- Introducción. El contrato de arbitraje en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - Art. 1649 – Definición - II.1) Otras normas relacionadas con el arbitraje - III) Interpretación de la norma - III.1) La realidad social y el arbitraje - III.2) En orden a la caracterización del arbitraje - III.3) El carácter jurisdiccional - III.4) Arbitraje internacional - IV) Significado de la reforma - IV.1) La visualización contractual en el actual ordenamiento - IV.2) El arbitraje como un método alternativo de resolución de conflictos - Art. 1650 – Forma - Art. 1651 - Controversias excluidas - Art. 1652 - Clases de arbitraje - Art. 1653 – Autonomía - III) Interpretación de la norma - III.1) La autonomía de la voluntad: la lex mercatoria - Art. 1654 – Competencia - Art. 1655 - Dictado de medidas previas - Art. 1656 - Efectos. Revisión de los laudos arbitrales - III) Interpretación de la norma - III.1) La fuerza vinculante del laudo arbitral - III.2) La posibilidad de que los árbitros se pronuncien sobre la inconstitucionalidad de una norma - Art. 1657 - Arbitraje institucional - Art. 1658 - Cláusulas facultativas - Art. 1659 - Designación de los árbitros - Art. 1660 - Calidades de los árbitros - Art. 1661 – Nulidad - Art. 1662 - Obligaciones de los árbitros - Art. 1663 - Recusación de los árbitros - Art. 1664 - Retribución de los árbitros - Art. 1665 - Extinción de la competencia de los árbitros - CAPÍTULO 30 - CONTRATO DE FIDEICOMISO - Introducción. El fideicomiso en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.170 - Art. 1666 – Definición - III) Interpretación de la norma - III.1) La regulación del fideicomiso en el Código: una mejor ordenación de la materia - III.2) Definición del contrato de fideicomiso - III.3) Los fines perseguidos con la constitución del fideicomiso - Art. 1667 – Contenido - III) Interpretación de la norma - III.1) La individualización de los bienes objeto del contrato (incs. a y b) - III.2) Las modalidades del fideicomiso - III.3) La designación del beneficiario - III.4) El destino final de los bienes - III.5) Derechos y obligaciones del fiduciario, y el modo de sustitución - Art. 1668 - Plazo. Condición - III) Interpretación de la norma - III.1) Duración máxima - III.2) Excepción a la duración máxima: beneficiarios incapaces o con capacidad restringida - III.3) Cómputo del plazo - III.4) Entrega al fideicomisario - Art. 1669 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) Libertad de formas - III.2) Inscripción en el Registro Público - III.3) Transferencia de bienes que requieren instrumento público - III.4) Incorporación al fideicomiso de bienes cuya transferencia requiere instrumento público - Art. 1670 – Objeto - III) Interpretación de la norma - III.1) Bienes que pueden transferirse al fideicomiso - III.2) Requisitos para la transferencia - III.3) Universalidades - III.4) Subsistencia de la prohibición de transferir herencias futuras - SECCIÓN 2ª – SUJETOS, p.184 - Art. 1671 – Beneficiario - III) Interpretación de la norma - III.1) El beneficiario - III.2) Designación de beneficiario - III.3) Beneficiario a designar - III.4) Cualquier parte del negocio puede ser beneficiario - III.5) Pluralidad de beneficiarios - III.6) Falta de beneficiario - III.7) Transmisibilidad del derecho del beneficiario - Art. 1672 – Fideicomisario - III) Interpretación de la norma - III.1) El fideicomisario - III.2) Designación del fideicomisario - III.3) Falta de designación - III.4) Falta de fideicomisario - III.5) El fiduciario no puede ser fideicomisario - Art. 1673 – Fiduciario - III) Interpretación de la norma - III.1) El fiduciario - III.2) Fiduciario con actuación pública - III.3) El fiduciario puede ser beneficiario - III.4) Pauta de conducta para el fiduciario-beneficiario - Art. 1674 - Pauta de actuación. Solidaridad - III) Interpretación de la norma - III.1) El estándar de conducta a cumplir por el fiduciario - III.2) La regla de la solidaridad entre los fiduciarios plurales - Art. 1675 - Rendición de cuentas - III) Interpretación de la norma - III.1) Obligación de rendir cuentas - III.2) Obligación de llevar contabilidad - III.3) Otros supuestos - III.4) Incumplimiento de la obligación de rendir cuentas - Art. 1676 - Dispensas prohibidas - III) Interpretación de la norma - III.1) Prohibición de dispensar la obligación de rendir cuentas - III.2) Prohibición de dispensa de la responsabilidad que puede caber al fiduciario, o sus dependientes, por su actuar culposo o doloso - III.3) Prohibición de adquirir para sí los bienes fideicomitidos - Art. 1677 - Reembolso de gastos. Retribución - III) Interpretación de la norma -III.1) Gratuidad y determinación en el contrato de fideicomiso de régimen de gastos y honorarios - III.2) Determinación de los honorarios por el juez - Art. 1678 - Cese del fiduciario - III) Interpretación de la norma - III.1) Cesación por remoción judicial del fiduciario - III.2) Incapacidad, inhabilitación y capacidad restringida judicialmente declaradas, y muerte, si es una persona humana - III.3) Disolución de la persona jurídica - III.4) Quiebra o liquidación - III.5) Renuncia del fiduciario - III.6) Causa grave o imposibilidad material o jurídica de desempeño de la función -Art. 1679 - Sustitución del fiduciario - III) Interpretación de la norma - III.1) Designación del fiduciario sustituto en el contrato - III.2) Designación de fiduciario sustituto por vía judicial - III.3) Muerte del fiduciario. Innecesariedad de intervención judicial para la transferencia de los bienes fideicomitidos - III.4) Designación de fiduciario en caso de incapacidad y disolución, quiebra o liquidación de la persona jurídica - III.5) Medidas cautelares - III.6) Transferencia de los bienes al sustituto. Títulos suficientes. Rogación - Art. 1680 - Fideicomiso en garantía - III) Interpretación de la norma - III.1) El fideicomiso con fines de garantía - III.2) El funcionamiento de la garantía. El contrato - III.3) Facultades concedidas por la ley. Aplicación de rentas dinerarias - III.4) Facultades concedidas por la ley. Procedimiento para la liquidación de la garantía - Art. 1681 - Aceptación del beneficiario y del fideicomisario. Fraude - III) Interpretación de la norma - III.1) Aceptación de los beneficios - III.2) Requerimiento de aceptación por el fiduciario - III.3) Acciones de cumplimiento de contrato y revocación de actos en fraude de los derechos de beneficiario y fideicomisario - SECCIÓN 3ª – EFECTOS, p.216 - Art. 1682 - Propiedad fiduciaria - III) Interpretación de la norma - III.1) El fiduciario es propietario fiduciario de los bienes fideicomitidos - III.2) La propiedad fiduciaria, una propiedad con características particulares - III.3) Normas que rigen la propiedad fiduciaria - Art. 1683 - Efectos frente a terceros - III) Interpretación de la norma - III.1) Efectos entre las partes - III.2) Efectos frente a terceros - Art. 1684 - Registración. Bienes incorporados - III) Interpretación de la norma - III.1) Toma de razón en los registros correspondientes - III.2) Principio de subrogación real: los frutos, productos y bienes que ingresan al fideicomiso son propiedad fiduciaria - III.3) Inscripción del carácter fiduciario de los bienes subrogantes - Art. 1685 - Patrimonio separado. Seguro - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio de separación patrimonial - III.2) La ruptura con el principio de unicidad del patrimonio - III.3) La obligación de contratar seguros de responsabilidad civil por daños causados por las cosas que constituyen el patrimonio - III.4) Características del seguro a contratar - III.5) Responsabilidad por falta de contratación de seguro - Art. 1686 - Acción por acreedores - III) Interpretación de la norma - III.1) Imposibilidad de agresión patrimonial por parte de los acreedores del fiduciario - III.2) Acciones de los acreedores del fiduciante - III.3) Subrogación de los derechos de beneficiario y fideicomisario - Art. 1687 - Deudas. Liquidación - III) Interpretación de la norma - III.1) Irresponsabilidad del fiduciario - III.2) Responsabilidad del fiduciario, si se presentan los presupuestos de la responsabilidad civil - III.3) Irresponsabilidad del fiduciante, del beneficiario y del fideicomisario - III.4) Insuficiencia de los bienes - Art. 1688 - Actos de disposición y gravámenes - III) Interpretación de la norma - III.1) Facultades del fiduciario. Principio - III.2) Límite teleológico (transmisión requerida por los fines del fideicomiso) - III.3) Límite técnico (necesidad de consentimiento del fiduciante o del beneficiario) - III.4) Otras limitaciones contractuales - III.5) Extensión de las facultades del fiduciario - III.6) Existencia de varios fiduciarios. Imposibilidad de pedir la partición- Art. 1689 – Acciones - III) Interpretación de la norma - III.1) Ejercicio de acciones por el fiduciario - III.2) Subrogación en el ejercicio de las acciones - SECCIÓN 4ª - FIDEICOMISO FINANCIERO, p.239 - Art. 1690 – Definición - Art. 1691 - Títulos valores. Ofertas al público - Art. 1692 - Contenido del contrato de fideicomiso financiero - SECCIÓN 5ª - CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Y TÍTULOS DE DEUDA, p.243 -Art. 1693 - Emisión y caracteres. Certificados globales - III) Interpretación de la norma - III.1) Posibilidad de emisión de títulos valores atípicos - III.2) Certificados de participación y títulos de deuda - Art. 1694 - Clases. Series - SECCIÓN 6ª - ASAMBLEAS DE TENEDORES DE TÍTULOS REPRESENTATIVOS DE DEUDA O CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN, p.246 - Art. 1695 – Asambleas - III) Interpretación de la norma - III.1) Decisiones colectivas de los beneficiarios. Disposiciones contractuales y reglamentaciones especiales - III.2) Ausencia de disposiciones contractuales y reglamentaciones especiales. Supuestos generales - III.3) Mayorías en caso de insolvencia o reestructuración de pagos - Art. 1696 - Cómputo - SECCIÓN 7ª - EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO, p.249 - Art. 1697 - Causales - III) Interpretación de la norma - III.1) Extinción por acaecimiento de la causal prevista en el contrato - III.2) Extinción por cumplimiento del plazo o cumplimiento del hecho condicionante - III.3) Revocación - Art. 1698 – Efectos - SECCIÓN 8ª - FIDEICOMISO TESTAMENTARIO, p.252 - Art. 1699 - Reglas aplicables – III) Interpretación de la norma - III.1) El testamento como fuente del fideicomiso. Forma y contenido - III.2) Normas aplicables al fideicomiso testamentario - III.3) Dos normas específicas: limitación a la legítima y fideicomisos a favor de incapaces - III.4) Cómputo del plazo máximo - Art. 1700 – Nulidad - CAPÍTULO 31 - DOMINIO FIDUCIARIO, p.256 - Art. 1701 - Dominio fiduciario. Definición - III) Interpretación de la norma - III.1) La regulación del dominio fiduciario como un capítulo del título de los contratos - III.2) El dominio fiduciario. Características - Art. 1702 - Normas aplicables - Art. 1703 - Excepciones a la normativa general - Art. 1704 – Facultades - Art. 1705 – Irretroactividad - III) Interpretación de la norma - III.1) Principio de irretroactividad - III.2) Los actos que sí son revocables y, por ello, opera el principio de retroactividad - Art. 1706 - Readquisición del dominio perfecto - Art. 1707 – Efectos - TÍTULO V - Otras fuentes de las obligacionesCAPÍTULO 1 - RESPONSABILIDAD CIVIL, p.267 -. Fundamentos - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.271 - Art. 1708 - Funciones de la responsabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) La denominación: responsabilidad civil en vez de responsabilidad por daños - III.2) Las dos funciones: prevenir y reparar - Art. 1709 - Prelación normativa - SECCIÓN 2ª - FUNCIÓN PREVENTIVA Y PUNICIÓN EXCESIVA, p.294 - Art. 1710 - Deber de prevención del daño - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen anterior y la subsistencia de normas - III.2) Jerarquía constitucional - III.3) Fundamentos - III.4) La prevención y el derecho a la seguridad - III.5) Descripción de la norma. Las acciones previstas - III.6) Requisitos de procedencia de la acción preventiva - III.7) Consecuencias del incumplimiento. El acto ilícito - Art. 1711 - Acción preventiva - III) Interpretación de la norma - III.1) Caracterización - III.2) Antecedentes. Los distintos instrumentos procesales - III.3) Medida autosatisfactiva y tutela anticipada - III.4) Requisitos de procedencia de la tutela preventiva - Art. 1712 – Legitimación - Art. 1713 – Sentencia - III) Interpretación de la norma - III.1) Caracterización - III.2) Algunas aplicaciones jurisprudenciales - Art. 1714 - Punición excesiva - Art. 1715 - Facultades del juez - III) Interpretación de las normas - III.1) Los antecedentes - III.2) La sanción pecuniaria disuasiva en la Ley 26.944 de Responsabilidad del Estado - III.3) La sanción pecuniaria disuasiva en el Anteproyecto - SECCIÓN 3ª - FUNCIÓN RESARCITORIA, p.339 - Fundamentos - Art. 1716 - Deber de reparar - III) Interpretación de la norma - III.1) Unidad o dualidad de la responsabilidad civil - III.2) El régimen del código derogado - III.3) El principio general: unificación de la responsabilidad civil – III.4) Subsistencia de ciertas particularidades de la responsabilidad contractual - III.5) Obligación de seguridad en el derecho común - Art. 1717 – Antijuridicidad - III) Interpretación de la norma - III.1) La antijuridicidad como elemento de la responsabilidad civil - III.2) El deber general de no dañar - III.3) Concepto y caracteres de la antijuridicidad - III.4) La antijuridicidad en la omisión - III.5) Responsabilidad por actos lícitos - Art. 1718 - Legítima defensa, estado de necesidad y ejercicio regular de un derecho - III) Interpretación de la norma - III.1) Las causas de justificación - III.2) Examen de las causas de justificación en particular - Art. 1719 - Asunción de riesgos - III) Interpretación de la norma - III.1) La denominada "asunción o aceptación de riesgos" - III.2) Actos de abnegación o altruismo - Art. 1720 - Consentimiento del damnificado - Art. 1721 - Factores de atribución - III) Interpretación de la norma - III.1) La culpa como norma de cierre - III.2) Algunas aplicaciones en concreto de la culpa - Art. 1722 - Factor objetivo - III) Interpretación de la norma - III.1) Principios generales - III.2) Otros supuestos de responsabilidad objetiva - III.3) Las eximentes - Art. 1723 - Responsabilidad objetiva - III) Interpretación de la norma - III.1) Obligaciones de medios y de resultado - III.2) La responsabilidad contractual objetiva en el Código - Art. 1724 - Factores subjetivos - III) Interpretación de la norma - III.1) La culpa. Concepto y caracterización - III.2) Valoración de la culpa - III.3) Algunas aplicaciones de la culpa - III.4) El dolo - III.5) El régimen actual - Art. 1725 - Valoración de la conducta - III) Interpretación de la norma - III.1) Los supuestos comprendidos - III.2) Reglas interpretativas - Art. 1726 - Relación causal - Art. 1727 - Tipos de consecuencias - III) Interpretación de la norma - III.1) La relación causal como elemento de la responsabilidad civil - III.2) La teoría de la causalidad adecuada - III.3) Clasificación de las consecuencias - Art. 1728 - Previsibilidad contractual - Art. 1729 - Hecho del damnificado - III) Interpretación de la norma - III.1) La fractura del nexo causal - III.2) El hecho de la víctima - Art. 1730 - Caso fortuito. Fuerza mayor - III) Interpretación de la norma - III.1) El caso fortuito o fuerza mayor. Caracterización - III.2) Caso fortuito y ausencia de culpa: diferencias - III.3) Efectos del caso fortuito - Art. 1731 - Hecho de un tercero - Art. 1732 - Imposibilidad de cumplimiento - III) Interpretación de la norma - III.1) La imposibilidad de cumplimiento - III.2) Efectos de la imposibilidad - Art. 1733 - Responsabilidad por caso fortuito o por imposibilidad de cumplimiento - III) Interpretación de la norma - III.1) Asunción contractual del caso fortuito - III.2) Disposición de la ley - III.3) Mora del deudor - III.4) Existencia de culpa previa del responsable - III.5) Contingencia propia al riesgo de la cosa o la actividad - III.6) Obligación de restituir como consecuencia de un hecho ilícito - Art. 1734 - Prueba de los factores de atribución y de las eximentes - III) Interpretación de la norma - III.1) La carga de la prueba - III.2) Carga de la prueba del factor de atribución - III.3) Prueba del factor de atribución en la responsabilidad contractual - III.4) Carga de la prueba de las eximentes - Art. 1735 - Facultades judiciales - III) Interpretación de la norma - III.1) La teoría de las cargas probatorias dinámicas - III.2) La cuestión en el nuevo Código - Art. 1736 - Prueba de la relación de causalidad - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio general: la carga de la prueba de la causalidad recae sobre el actor - III.2) Las excepciones: presunciones de causalidad y de adecuación causal - III.3) Prueba de las eximentes - SECCIÓN 4ª - DAÑO RESARCIBLE, p.468 - Fundamentos - Art. 1737 - Concepto de daño - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen del código derogado - III.2) El régimen actual. Concepto. Caracterización - III.3) Daño colectivo - III.4) Daño contractual y extracontractual - III.5) Daño. Consecuencia - Art. 1738 – Indemnización - III) Interpretación de la norma - III.1) Principios generales - III.2) Clases de daños comprendidos - III.3) Los daños a las personas. Su Constitucionalización - Art. 1739 – Requisitos - III) Interpretación de la norma - III.1) Los requisitos del daño resarcible. La pérdida de la chance resarcible - Art. 1740 - Reparación plena - III) Interpretación de la norma - III.1) ¿Qué es la reparación plena? - III.2) Excepciones al principio de la reparación plena - III.3) Dos notas destacadas - Art. 1741 - Indemnización de las consecuencias no patrimoniales - III) Interpretación de la norma - III.1) Antecedentes - III.2) El régimen actual - III.3) La legitimación ampliada - III.4) ¿Qué son las satisfacciones sustitutivas y compensatorias? - III.5) La transmisión de la acción - Art. 1742 - Atenuación de la responsabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Antecedentes y el texto actual - III.2) Las principales directivas - Art. 1743 - Dispensa anticipada de la responsabilidad - Art. 1744 - Prueba del daño - III) Interpretación de la norma - III.1) Principales directivas - III.2) Prueba del daño contractual - Art. 1745 - Indemnización por fallecimiento - III) Interpretación de la norma - III.1) Principales directrices - Art. 1746 - Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica - III) Interpretación de la norma - III.1) La incapacidad permanente - III.2) Incapacidad transitoria - III.3) Pautas para la valoración de las lesiones e incapacidad - III.4) Los daños presumidos - Art. 1747 - Acumulabilidad del daño moratorio - Art. 1748 - Curso de los intereses - SECCIÓN 5ª - RESPONSABILIDAD DIRECTA, p.537 - Fundamentos - Art. 1749 - Sujetos responsables - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad directa - III.2) Incumplimiento de una obligación - III.3) Producción de un daño extracontractual por acción u omisión dolosa o culposa - Art. 1750 - Daños causados por actos involuntarios - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad por actos involuntarios - III.2) Daños causados mediante el empleo de fuerza física irresistible - Art. 1751 - Pluralidad de responsables - III) Interpretación de la norma - III.1) Supuestos de responsabilidad solidaria - III.2) Supuestos de responsabilidad concurrente - III.3) El hecho del tercero como eximente - III.4) Excepción a la regla de la solidaridad. Principio de la simple mancomunación en el incumplimiento de las obligaciones - Art. 1752 – Encubrimiento - SECCIÓN 6ª - RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE TERCEROS, p.557 - Fundamentos - Art. 1753 - Responsabilidad del principal por el hecho del dependiente - III) Interpretación de la norma - III.1) Los presupuestos de aplicación - III.2) Factor de atribución y eximentes - Art. 1754 - Hecho de los hijos - Art. 1755 - Cesación de la responsabilidad paterna - III) Interpretación de la norma - III.1) Factor de atribución y eximentes - III.2) Convivencia con los progenitores - III.3) Ejercicio de actividades lucrativas e incumplimiento contractual por el menor - Art. 1756 - Otras personas encargadas - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad de los tutores, curadores y delegados en el ejercicio de la responsabilidad parental - III.2) Responsabilidad de los establecimientos de internación - SECCIÓN 7ª - RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA INTERVENCIÓN DE COSAS Y DE CIERTAS ACTIVIDADES, p.575 - Fundamentos - Art. 1757 - Hecho de las cosas y actividades riesgosas - III) Interpretación de la norma - III.1) Antecedentes del régimen anterior. Principios que mantienen vigencia - III.2) Principales características del régimen actual - III.3) Las actividades riesgosas y peligrosas - III.4) Síntesis - III.5) Las eximentes - Art. 1758 - Sujetos responsables - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen anterior y el actual - III.2) Legitimación pasiva. Dueño y guardián - III.3) La eximente - III.4) La legitimación pasiva en las actividades riesgosas - Art. 1759 - Daño causado por animales - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen del código anterior y el sistema actual - III.2) Legitimados pasivos - SECCIÓN 8ª - RESPONSABILIDAD COLECTIVA Y ANÓNIMA, p.602 - Fundamentos - Art. 1760 - Cosa suspendida o arrojada - Art. 1761 - Autor anónimo - III) Interpretación de la norma - III.1) La responsabilidad colectiva por los daños causados por un autor anónimo - Art. 1762 - Actividad peligrosa de un grupo - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad por el hecho de los grupos riesgosos - SECCIÓN 9ª - SUPUESTOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD, p.614 - Fundamentos - Art. 1763 - Responsabilidad de la persona jurídica - III) Interpretación de la norma - III.1) Ámbito de aplicación - III.2) Presupuestos - Art. 1764 - Inaplicabilidad de normas - Art. 1765 - Responsabilidad del Estado - III) Interpretación de las normas - III.1) La responsabilidad del Estado enmarcada en el ámbito del derecho público - III.2) El alcance de la limitación prevista en el artículo 1764 del Código - III.3) La ley 26.944 - III.4) Las acciones colectivas y la responsabilidad del Estado - IV) Significado de la reforma - Art. 1766 - Responsabilidad del funcionario y del empleado público - Art. 1767 - Responsabilidad de los establecimientos educativos - III) Interpretación de la norma - III.1) Ámbito de aplicación - III.2) Presupuestos - III.3) El seguro escolar - Art. 1768 - Profesionales liberales - III) Interpretación de la norma - III.1) Ámbito de aplicación - III.2) Régimen de responsabilidad del profesional liberal por el incumplimiento de la prestación principal - III.3) La utilización de cosas riesgosas por parte del profesional liberal - Art. 1769 - Accidentes de tránsito - III) Interpretación de la norma - III.1) La incidencia de la responsabilidad objetiva - III.2) La legitimación activa y la legitimación pasiva - Art. 1770 - Protección de la vida privada - III) Interpretación de la norma - III.1) El derecho a la intimidad - III.2) Presupuestos del acto lesivo - III.3) Acciones previstas - Art. 1771 - Acusación calumniosa - III) Interpretación de la norma - III.1) Acusación calumniosa - III.2) Requisitos - SECCIÓN 10ª - EJERCICIO DE LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD, p.649 - Fundamentos - Art. 1772 - Daños causados a cosas o bienes. Sujetos legitimados - Art. 1773 - Acción contra el responsable directo e indirecto - SECCIÓN 11ª - ACCIONES CIVIL Y PENAL, p.654 - Art. 1774 – Independencia - Art. 1775 - Suspensión del dictado de la sentencia civil - III) Interpretación de la norma - III.1) Presupuestos - III.2) Excepciones - Art. 1776 - Condena penal - III) Interpretación de la norma - III.1) La existencia del "hecho principal" - III.2) La culpa del condenado - III.3) Efectos de la cosa juzgada respecto del tercero civilmente demandado - Art. 1777 - Inexistencia del hecho, de autoría, de delito o de responsabilidad penal - III) Interpretación de la norma - III.1) La materialidad del hecho y la participación del imputado - III.2) La inexistencia de delito o de responsabilidad penal - III.3) La influencia de la sentencia penal en cuanto a las causas de justificación - III.4) Efectos del sobreseimiento - Art. 1778 - Excusas absolutorias - Art. 1779 - Impedimento de reparación del daño - III) Interpretación de la norma - III.1) La veracidad de los hechos imputados en la denuncia reputada calumniosa - III.2) Los damnificados indirectos como autores o cómplices del ilícito - Art. 1780 - Sentencia penal posterior - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio general de inmutabilidad de la decisión civil anterior - III.2) Las excepciones al principio de inmutabilidad. El recurso de revisión - CAPÍTULO 2 - GESTIÓN DE NEGOCIOS, p.678 - Art. 1781 – Definición - Art. 1782 - Obligaciones del gestor - Art. 1783 - Conclusión de la gestión - Art. 1784 - Obligación frente a terceros - Art. 1785 - Gestión conducida útilmente - III) Interpretación de la norma - III.1) Acerca de la "utilidad de la gestión" - III.2) Obligaciones del gestionado frente al gestor - Art. 1786 - Responsabilidad del gestor por culpa - Art. 1787 - Responsabilidad del gestor por caso fortuito - Art. 1788 - Responsabilidad solidaria -Art. 1789 – Ratificación - Art. 1790 - Aplicación de normas del mandato - CAPÍTULO 3 - EMPLEO ÚTIL, p.701 - Art. 1791 – Caracterización - Art. 1792 - Gastos funerarios - Art. 1793 - Obligados al reembolso - CAPÍTULO 4 - ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, p.706 - El enriquecimiento sin causa en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.707 - Art. 1794 – Caracterización - Art. 1795 - Improcedencia de la acción - SECCIÓN 2ª - PAGO INDEBIDO, p.712 - Art. 1796 – Casos - Art. 1797 - Irrelevancia del error - Art. 1798 - Alcances de la repetición - Art. 1799 - Situaciones especiales - CAPÍTULO 5 - DECLARACIÓN UNILATERAL DE VOLUNTAD - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.722 - Art. 1800 - Regla general - III) Interpretación de la norma - III.1) La voluntad unilateral como fuente autónoma de obligaciones - III.2) Razones del reconocimiento de la declaración unilateral como fuente de obligaciones - III.3) Ámbitos de obligatoriedad de la declaración unilateral de voluntad - III.4) Integración normativa de la declaración unilateral de voluntad - Art. 1801 - Reconocimiento y promesa de pago - III) Interpretación de la norma - III.1) La promesa de pago - III.2) El reconocimiento como declaración unilateral de voluntad - Art. 1802 - Cartas de crédito - III) Interpretación de la norma - III.1) Las cartas de crédito - III.2) La declaración unilateral de voluntad y las cartas de crédito - III.3) La forma de los actos jurídicos y la carta de crédito - SECCIÓN 2ª - PROMESA PÚBLICA DE RECOMPENSA, p.731 - Art. 1803 – Obligatoriedad - III) Interpretación de la norma - III.1) La promesa pública de recompensa y su efecto vinculante - III.2) Exigibilidad de la promesa - III.3) Contenido de la obligación del promitente - Art. 1804 - Plazo expreso o tácito - III) Interpretación de la norma - III.1) Plazo expreso o tácito de la promesa de recompensa - III.2) Caducidad de la promesa de recompensa - Art. 1805 – Revocación - III) Interpretación de la norma - III.1) Revocabilidad de la promesa de recompensa - III.2) Inoponibilidad de la revocación - Art. 1806 - Atribución de la recompensa - III) Interpretación de la norma - III.1) Supuestos de conflicto en el pago de la recompensa - III.2) Primer supuesto: concurrencia de varias personas sin esfuerzos de cooperación - III.3) Segundo supuesto: concurrencia de varias personas con esfuerzos de cooperación - SECCIÓN 3ª - CONCURSO PÚBLICO, p.739 - Art. 1807 - Concurso público - III) Interpretación de la norma - III.1) Concurso público y promesa pública de recompensa - III.2) Contenido de la promesa de recompensa en el concurso público - III.3) Adjudicación del premio. Obligatoriedad del dictamen del jurado - III.4) Derechos patrimoniales sobre la obra premiada - Art. 1808 – Destinatarios - III) Interpretación de la norma - III.1) Destinatarios del concurso público - Art. 1809 - Decisión del jurado - III) Interpretación de la norma - III.1) Decisión del jurado en el concurso público - SECCIÓN 4ª - GARANTÍAS UNILATERALES, p.744 - Art. 1810 - Garantías unilaterales - III) Interpretación de la norma - III.1) Las garantías "a primera demanda" y sus variantes - III.2) Sujetos que intervienen en la operación de garantía - III.3) El concepto de garantía unilateral en el artículo 1810 del Código y el objeto de la garantía - III.4) La independencia de la garantía unilateral - III.5) Acciones recursorias luego del pago - III.6) Fraude o abuso y medidas cautelares - III.7) Garantías unilaterales en el comercio internacional: Reglas de la CCI - Art. 1811 – Sujetos - III) Interpretación de la norma - III.1) Limitación a la posibilidad de obligarse por garantías unilaterales - III.2) Fundamentos de la limitación legal - Art. 1812 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) Las garantías unilaterales como actos formales - III.2) Las garantías unilaterales emitidas por entidades financieras y aseguradoras - Art. 1813 - Cesión de garantía - III) Interpretación de la norma - III.1) Cesión de la relación subyacente y de la garantía unilateral - III.2) Cesión de la garantía y acciones recursorias - Art. 1814 – Irrevocabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Irrevocabilidad de la declaración unilateral de voluntad - CAPÍTULO 6 - TÍTULOS VALORES, p.757 - Los títulos valores en los fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.758 - Art. 1815 – Concepto - III) Interpretación de la norma - III.1) El nomen iuris - III.2) Ausencia de adscripción dogmática de la norma - III.3) La incorporación del derecho - III.4) El carácter incondicional e irrevocable del derecho - III.5) El carácter autónomo del derecho incorporado. Remisión - III.6) La distinción con las cosas o bienes muebles registrables - Art. 1816 – Autonomía - III) Interpretación de la norma - III.1) La autonomía y la exclusión de excepciones en el plano personal - III.2) La autonomía y la exclusión de excepciones en el plano real - III.3) Condiciones para la adquisición autónoma: la ley de circulación del título valor - III.4) Condiciones para la adquisición autónoma: la buena fe objetiva - III.5) La autonomía y la exclusión de excepciones personales - Art. 1817 - Pago liberatorio - III) Interpretación de la norma - III.1) Liberación por el pago al portador legítimo no titular - III.2) La buena fe del solvens - III.3) El pago sin la entrega del título valor y la posición del portador posterior - Art. 1818 – Accesorios - III) Interpretación de la norma - III.1) Efectos de la transmisión del título valor - III.2) ¿Qué se adquiere (y qué no se adquiere) cuando se transmite un título valor? - Art. 1819 – Titularidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Legitimación y titularidad - III.2) La adquisición de la titularidad del derecho incorporado al título valor - III.3) Efectos de la presencia o ausencia de los recaudos indicados por el artículo 1819 - Art. 1820 - Libertad de creación - III) Interpretación de la norma - III.1) Títulos valores típicos y atípicos - III.2) La creación de títulos valores atípicos en la doctrina y normativa nacional - III.3) Los límites normativos a la creación de títulos valores atípicos - Art. 1821 - Defensas oponibles - III) Interpretación de la norma - III.1) La importancia del artículo 1821 - III.2) Inciso a: oposición de excepciones personales - III.3) Inciso b: excepciones derivadas del tenor documental - III.4) Inciso c: excepciones derivadas de la falsedad de firma, defecto de representación o de capacidad - III.5) Inciso d: excepciones derivadas de la falta de legitimación del portador - III.6) Inciso e: excepciones derivadas de la alteración del tenor documental - III.7) Inciso f: excepciones derivadas de la prescripción o caducidad - III.8) Inciso g: excepciones derivadas de la cancelación del título valor o de la suspensión de su exigibilidad - III.9) Inciso h: excepciones admisibles conforme las leyes procesales - III.10) Otras consideraciones relevantes - Art. 1822 - Medidas precautorias - III) Interpretación de la norma - III.1) Necesidad de una solución particular en materia de títulos valores - III.2) Los casos contemplados en el artículo 1822 - Art. 1823 - Firmas falsas y otros supuestos - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio de independencia de las obligaciones incorporadas al título valor - III.2) Supuestos alcanzados y consecuencias jurídicas de la independencia de las obligaciones incorporadas al título valor - Art. 1824 - Incumplimiento del asentimiento conyugal - III) Interpretación de la norma - III.1) El asentimiento conyugal y la transferencia de títulos valores - III.2) La inoponibilidad de la falta de asentimiento conyugal al adquirente del título valor - Art. 1825 - Representación inexistente o insuficiente - III) Interpretación de la norma - III.1) El defecto de representación en materia de títulos valores - III.2) La responsabilidad del falsificador - Art. 1826 – Responsabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Los creadores de títulos valores y otros participantes en la circulación: responsabilidad por el pago - III.2) El otorgamiento de garantías para el pago del título valor - III.3) La solidaridad de los obligados al pago del título valor - Art. 1827 – Novación - III) Interpretación de la norma - III.1) Ausencia de novación - III.2) Condiciones para el ejercicio de la acción causal - III.3) Condiciones para el ejercicio de la acción de enriquecimiento - Art. 1828 - Títulos representativos de mercaderías - III) Interpretación de la norma - III.1) Los títulos valores representativos de mercaderías - III.2) Los derechos asignados al portador legítimo - Art. 1829 - Cuotapartes de fondos comunes de inversión - III) Interpretación de la norma - III.1) El reconocimiento del carácter de título valor a las cuotapartes - III.2) Breve referencia a las cuotapartes como título valor - SECCIÓN 2ª - TÍTULOS VALORES CARTULARES, p.813 - Art. 1830 – Necesidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Los títulos valores cartulares - III.2) La necesidad y los títulos valores cartulares - Art. 1831 – Literalidad - III) Interpretación de la norma - III.1) La literalidad en los títulos valores cartulares - III.2) Literalidad y autosuficiencia del documento - III.3) Límites de la literalidad: validez y relevancia del contenido del documento - Art. 1832 – Alteraciones - III) Interpretación de la norma - III.1) La falsedad y la falsificación en los títulos valores - III.2) Supuestos excluidos del concepto de alteraciones - Art. 1833 - Requisitos. Contenido mínimo - III) Interpretación de la norma - III.1) Exigencias o requisitos de contenido en los títulos valores cartulares ("requisitos formales") -III.2) Razones de la existencia de contenidos mínimos esenciales en los títulos valores cartulares - III.3) Consecuencias de la ausencia de un contenido mínimo esencial - III.4) Límites temporales para completar el título valor - Art. 1834 - Aplicación subsidiaria - III) Interpretación de la norma - III.1) Carácter general de las disposiciones del Código en materia de títulos valores - III.2) La aplicación subsidiaria de las normas del Código en materia de títulos valores - Art. 1835 - Títulos impropios y documentos de legitimación - III) Interpretación de la norma - III.1) Carácter general del artículo 1835 del Código - III.2) Títulos impropios - III.3) Documentos de legitimación - Art. 1836 - Desmaterialización e ingreso en sistemas de anotaciones en cuenta - III) Interpretación de la norma - III.1) Posibilidad de desmaterialización o desincorporación de origen convencional - III.2) Emisión no cartular de títulos valores cartulares - III.3) Emisión cartular y desmaterialización en la circulación posterior - III.4) Consecuencias de la desincorporación o desmaterialización - PARÁGRAFO 1° - TÍTULOS VALORES AL PORTADOR, p.834 - Art. 1837 – Concepto - PARÁGRAFO 2° - TÍTULOS VALORES A LA ORDEN, p.837 - Art. 1838 – Tipificación - Art. 1839 – Endoso - Art. 1840 - Condición y endoso parcial - Art. 1841 - Tiempo del endoso - Art. 1842 – Legitimación - Art. 1843 - Endoso en blanco - Art. 1844 - Endoso en procuración - Art. 1845 - Endoso en garantía - Art. 1846 – Responsabilidad - PARÁGRAFO 3° - Títulos valores nominativos endosablesArt. 1847 – Régimen - Art. 1848 - Reglas aplicables - PARÁGRAFO 4° - TÍTULOS VALORES NOMINATIVOS NO ENDOSABLES, p.871 - Art. 1849 – Régimen -SECCIÓN 3ª - TÍTULOS VALORES NO CARTULARES, p.874 - Art. 1850 – Régimen - III) Interpretación de la norma - III.1) Desincorporación o desmaterialización de los títulos valores - III.2) Origen legal o convencional de la desincorporación o desmaterialización - III.3) El registro de las transmisiones sucesivas o afectación de los derechos conferidos por el título valor - III.4) La tutela en el plano real y obligatorio en el artículo 1850 - Art. 1851 - Comprobantes de saldos - III) Interpretación de la norma - III.1) Ejercicio de derechos en los títulos valores no cartulares - III.2) Obligación de expedición de los comprobantes de saldo - III.3) Variantes de los comprobantes de saldo - III.4) Los certificados globales - SECCIÓN 4ª - DETERIORO, SUSTRACCIÓN, PÉRDIDA Y DESTRUCCIÓN DE TÍTULOS VALORES O DE SUS REGISTROS - PARÁGRAFO 1° - NORMAS COMUNES PARA TÍTULOS VALORES, p.884 - Art. 1852 - Ámbito de aplicación. Jurisdicción - Art. 1853 - Sustitución por deterioro - Art. 1854 - Obligaciones de terceros - PARÁGRAFO 2° - NORMAS APLICABLES A TÍTULOS VALORES EN SERIE, p.890 - Art. 1855 – Denuncia - Art. 1856 - Suspensión de efectos - Art. 1857 – Publicación - Art. 1858 - Títulos con cotización pública - Art. 1859 - Partes interesadas - Art. 1860 – Observaciones - Art. 1861 - Certificado provisorio - Art. 1862 - Denegación. Acciones - Art. 1863 - Depósito o entrega de las prestaciones - Art. 1864 - Ejercicio de derechos de contenido no dinerario - Art. 1865 - Títulos valores definitivos - Art. 1866 - Presentación del portador - Art. 1867 - Adquirente en bolsa o caja de valores - Art. 1868 - Desestimación de oposición - Art. 1869 - Títulos valores nominativos no endosables - Art. 1870 - Cupones separables - PARÁGRAFO 3° - NORMAS APLICABLES A LOS TÍTULOS VALORES INDIVIDUALES, p.913 - Art. 1871 – Denuncia - Art. 1872 – Notificación - Art. 1873 - Publicación. Pago anterior - Art. 1874 - Duplicado. Cumplimiento - Art. 1875 – Oposición - PARÁGRAFO 4° - SUSTRACCIÓN, PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LOS LIBROS DE REGISTRO, p.921 - Art. 1876 – Denuncia - Art. 1877 – Publicaciones - Art. 1878 – Trámite - Art. 1879 - Nuevo libro - Art. 1880 - Ejercicio de derechos - Art. 1881 - Medidas especiales -
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Notas pie de página

Bibliografía pie de página

Artículos 1614 a 1631 / Carlos A. Hernández y Julieta B. Trivisonno - Artículos 1632 a 1648 / Sandra A. Frustagli y María Paula Arias - Artículos 1649 a 1665 / Francisco Junyent Bas y M. Constanza Garzino - Artículos 1666 a 1707 / José Fernando Márquez - Artículo 1708 / Jorge Mario Galdós, Pablo Lorenzetti y Federico Zonis - Artículos 1709 a 1715 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1716 y 1720 / Sebastián Picasso - Artículos 1721 y 1722 / Jorge Mario Galdós - Artículo 1723 / Sebastián Picasso -Artículos 1724 y 1725 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1726 a 1736 / Sebastián Picasso - Artículos 1737 a 1748 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1749 y 1750 / Sebastián Picasso - Artículos 1751 a 1756 / Luis R. J. Sáenz - Artículos 1757 a 1759 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1760 a 1762 / Sebastián Picasso y Luis R. J. Sáenz - Artículos 1763 a 1768 / Luis R. J. Sáenz - Artículos 1769 a 1771 / Jorge Mario Galdós - Artículos 1772 a 1780 / Luis R. J. Sáenz - Artículos 1781 a 1799 / Sandra M. Wierzba - Artículos 1800 a 1881 / Martín Esteban Paolantonio –

CAPÍTULO 26 - CESIÓN DE DERECHOS, p.9 - Introducción. La cesión de derechos en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.10 - Art. 1614 – Definición - III) Interpretación de la norma - III.1) La cesión en el Derecho Romano y en el sistema jurídico romanista - III.2) La cesión de derechos. Metodología del Código - III.3) La definición de la cesión - III.4) La importancia de la figura - Art. 1615 - Cesión en garantía - III) Interpretación de la norma - III.1) Naturaleza presumida de la cesión de créditos en garantía - III.2) Efectos frente a terceros - Art. 1616 - Derechos que pueden ser cedidos - Art. 1617 – Prohibición - III) Interpretación de las normas - III.1) El principio general relativo al objeto de la cesión - III.2) Prohibición de ceder derivada del acuerdo de partes - III.3) Prohibición de ceder derivada de la ley - III.4) Prohibición derivada de la naturaleza del derecho - III.5) Los "derechos inherentes a la persona humana" - Art. 1618 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) La regla general sobre la forma del contrato de cesión y sus excepciones - III.2) Las consecuencias jurídicas derivadas del incumplimiento de la forma exigida - Art. 1619 - Obligaciones del cedente - III) Interpretación de la norma - III.1) Los efectos del contrato de cesión. Las obligaciones del cedente y del cesionario - III.2) Momento desde el que opera la transferencia del derecho al cesionario - III.3) Alcances de la transferencia del derecho - Art. 1620 - Efectos respecto de terceros - Art. 1621 - Actos anteriores a la notificación de la cesión - Art. 1622 - Concurrencia de cesionarios - Art. 1623 - Concurso o quiebra del cedente - III) Interpretación de las normas - III.1) Los terceros en el contrato de cesión - III.2) Los efectos de la cesión respecto de terceros: la notificación al cedido. El alcance del artículo 1620 - III.3) Actos anteriores a la notificación de la cesión. El artículo 1621 - III.4) Conflictos entre cesionarios sucesivos. El artículo 1622 y el artículo 1626 - III.5) Conflictos entre cesionario y acreedores del cedente. El artículo 1623 - Art. 1624 - Actos conservatorios - Art. 1625 - Cesión de crédito prendario - Art. 1626 - Cesiones realizadas el mismo día - Art. 1627 - Cesión parcial - Art. 1628 - Garantía por evicción - Art. 1629 - Cesión de derecho inexistente - Art. 1630 - Garantía de la solvencia del deudor - Art. 1631 - Reglas subsidiarias - III) Interpretación de las normas - III.1) La garantía legal por evicción en la cesión - III.2) Los supuestos excluidos de la responsabilidad por evicción - III.3) Los efectos de la garantía legal del derecho cedido. El artículo 1629 - III.4) Renuncia o modificación de la garantía - III.5) La garantía de la solvencia del deudor en la cesión de créditos. Los artículos 1628 y 1630 - SECCIÓN 2ª - CESIÓN DE DEUDAS, p.59 - Art. 1632 - Cesión de deuda - Art. 1633 - Asunción de deuda - Art. 1634 - Conformidad para la liberación del deudor - Art. 1635 - Promesa de liberación - III) Interpretación de las normas - III.1) Noción y elementos tipificantes de los diversos tipos de contratos transmisivos de deudas o cesión de deudas lato sensu - III.2) Conformidad del acreedor: modalidades -III.3) El contrato de cesión de deuda stricto sensu - III.4) El contrato de asunción de deuda - III.5) Promesa de liberación. Principio general. Excepción - CAPÍTULO 27 - CESIÓN DE LA POSICIÓN CONTRACTUAL, p.68 - Art. 1636 – Transmisión - III) Interpretación de la norma - III.1) Metodología - III.2) Concepto, caracterización y estructura del negocio - III.3) Ámbito de aplicación de la figura - III.4) Elementos esenciales particulares del contrato - III.4.A) Transmisión de la posición contractual - III.4.B) Conformidad o aceptación del cedido - Art. 1637 – Efectos - Art. 1638 – Defensas - Art. 1639 – Garantía - Art. 1640 - Garantías de terceros - III) Interpretación de las normas - III.1) Efectos entre cedente y cesionario - III.2) Efectos entre cedido y cedente - III.3) Efectos entre cedido y cesionario - CAPÍTULO 28 – TRANSACCIÓN, p.81 - Art. 1641 – Concepto - III) Interpretación de la norma - III.1) Naturaleza jurídica - III.2) Concepto - III.3) Elementos tipificantes - Art. 1642 - Caracteres y efectos - III) Interpretación de la norma - III.1) Los efectos de cosa juzgada de la transacción - III.2) Interpretación restrictiva - Art. 1643 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) Forma de la transacción - III.2) Forma de la transacción judicial - Art. 1644 – Prohibiciones - III) Interpretación de la norma - III.1) El objeto de la transacción. Límites - Art. 1645 - Nulidad de la obligación transada - Art. 1646 – Sujetos - III) Interpretación de la norma - III.1) Capacidad y legitimación para transar - III.1.A) Limitaciones vinculadas a la capacidad para enajenar los derechos objeto de transacción - III.1.B) Limitaciones que alcanzan a los padres, tutores y curadores respecto de las cuentas de su gestión - III.1.C) Limitaciones que alcanzan a los albaceas respecto de derechos y obligaciones que confiere el testamento - Art. 1647 – Nulidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Nulidad de la transacción derivada de la invocación de títulos total o parcialmente inexistentes o ineficaces - III.2) Nulidad por ignorancia de la existencia de un título mejor con relación al derecho objeto de transacción - III.3) Nulidad de la transacción referida a un litigio resuelto por sentencia firme - Art. 1648 - Errores aritméticos - CAPÍTULO 29 - CONTRATO DE ARBITRAJE, p.109- Introducción. El contrato de arbitraje en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - Art. 1649 – Definición - II.1) Otras normas relacionadas con el arbitraje - III) Interpretación de la norma - III.1) La realidad social y el arbitraje - III.2) En orden a la caracterización del arbitraje - III.3) El carácter jurisdiccional - III.4) Arbitraje internacional - IV) Significado de la reforma - IV.1) La visualización contractual en el actual ordenamiento - IV.2) El arbitraje como un método alternativo de resolución de conflictos - Art. 1650 – Forma - Art. 1651 - Controversias excluidas - Art. 1652 - Clases de arbitraje - Art. 1653 – Autonomía - III) Interpretación de la norma - III.1) La autonomía de la voluntad: la lex mercatoria - Art. 1654 – Competencia - Art. 1655 - Dictado de medidas previas - Art. 1656 - Efectos. Revisión de los laudos arbitrales - III) Interpretación de la norma - III.1) La fuerza vinculante del laudo arbitral - III.2) La posibilidad de que los árbitros se pronuncien sobre la inconstitucionalidad de una norma - Art. 1657 - Arbitraje institucional - Art. 1658 - Cláusulas facultativas - Art. 1659 - Designación de los árbitros - Art. 1660 - Calidades de los árbitros - Art. 1661 – Nulidad - Art. 1662 - Obligaciones de los árbitros - Art. 1663 - Recusación de los árbitros - Art. 1664 - Retribución de los árbitros - Art. 1665 - Extinción de la competencia de los árbitros - CAPÍTULO 30 - CONTRATO DE FIDEICOMISO - Introducción. El fideicomiso en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.170 - Art. 1666 – Definición - III) Interpretación de la norma - III.1) La regulación del fideicomiso en el Código: una mejor ordenación de la materia - III.2) Definición del contrato de fideicomiso - III.3) Los fines perseguidos con la constitución del fideicomiso - Art. 1667 – Contenido - III) Interpretación de la norma - III.1) La individualización de los bienes objeto del contrato (incs. a y b) - III.2) Las modalidades del fideicomiso - III.3) La designación del beneficiario - III.4) El destino final de los bienes - III.5) Derechos y obligaciones del fiduciario, y el modo de sustitución - Art. 1668 - Plazo. Condición - III) Interpretación de la norma - III.1) Duración máxima - III.2) Excepción a la duración máxima: beneficiarios incapaces o con capacidad restringida - III.3) Cómputo del plazo - III.4) Entrega al fideicomisario - Art. 1669 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) Libertad de formas - III.2) Inscripción en el Registro Público - III.3) Transferencia de bienes que requieren instrumento público - III.4) Incorporación al fideicomiso de bienes cuya transferencia requiere instrumento público - Art. 1670 – Objeto - III) Interpretación de la norma - III.1) Bienes que pueden transferirse al fideicomiso - III.2) Requisitos para la transferencia - III.3) Universalidades - III.4) Subsistencia de la prohibición de transferir herencias futuras - SECCIÓN 2ª – SUJETOS, p.184 - Art. 1671 – Beneficiario - III) Interpretación de la norma - III.1) El beneficiario - III.2) Designación de beneficiario - III.3) Beneficiario a designar - III.4) Cualquier parte del negocio puede ser beneficiario - III.5) Pluralidad de beneficiarios - III.6) Falta de beneficiario - III.7) Transmisibilidad del derecho del beneficiario - Art. 1672 – Fideicomisario - III) Interpretación de la norma - III.1) El fideicomisario - III.2) Designación del fideicomisario - III.3) Falta de designación - III.4) Falta de fideicomisario - III.5) El fiduciario no puede ser fideicomisario - Art. 1673 – Fiduciario - III) Interpretación de la norma - III.1) El fiduciario - III.2) Fiduciario con actuación pública - III.3) El fiduciario puede ser beneficiario - III.4) Pauta de conducta para el fiduciario-beneficiario - Art. 1674 - Pauta de actuación. Solidaridad - III) Interpretación de la norma - III.1) El estándar de conducta a cumplir por el fiduciario - III.2) La regla de la solidaridad entre los fiduciarios plurales - Art. 1675 - Rendición de cuentas - III) Interpretación de la norma - III.1) Obligación de rendir cuentas - III.2) Obligación de llevar contabilidad - III.3) Otros supuestos - III.4) Incumplimiento de la obligación de rendir cuentas - Art. 1676 - Dispensas prohibidas - III) Interpretación de la norma - III.1) Prohibición de dispensar la obligación de rendir cuentas - III.2) Prohibición de dispensa de la responsabilidad que puede caber al fiduciario, o sus dependientes, por su actuar culposo o doloso - III.3) Prohibición de adquirir para sí los bienes fideicomitidos - Art. 1677 - Reembolso de gastos. Retribución - III) Interpretación de la norma -III.1) Gratuidad y determinación en el contrato de fideicomiso de régimen de gastos y honorarios - III.2) Determinación de los honorarios por el juez - Art. 1678 - Cese del fiduciario - III) Interpretación de la norma - III.1) Cesación por remoción judicial del fiduciario - III.2) Incapacidad, inhabilitación y capacidad restringida judicialmente declaradas, y muerte, si es una persona humana - III.3) Disolución de la persona jurídica - III.4) Quiebra o liquidación - III.5) Renuncia del fiduciario - III.6) Causa grave o imposibilidad material o jurídica de desempeño de la función -Art. 1679 - Sustitución del fiduciario - III) Interpretación de la norma - III.1) Designación del fiduciario sustituto en el contrato - III.2) Designación de fiduciario sustituto por vía judicial - III.3) Muerte del fiduciario. Innecesariedad de intervención judicial para la transferencia de los bienes fideicomitidos - III.4) Designación de fiduciario en caso de incapacidad y disolución, quiebra o liquidación de la persona jurídica - III.5) Medidas cautelares - III.6) Transferencia de los bienes al sustituto. Títulos suficientes. Rogación - Art. 1680 - Fideicomiso en garantía - III) Interpretación de la norma - III.1) El fideicomiso con fines de garantía - III.2) El funcionamiento de la garantía. El contrato - III.3) Facultades concedidas por la ley. Aplicación de rentas dinerarias - III.4) Facultades concedidas por la ley. Procedimiento para la liquidación de la garantía - Art. 1681 - Aceptación del beneficiario y del fideicomisario. Fraude - III) Interpretación de la norma - III.1) Aceptación de los beneficios - III.2) Requerimiento de aceptación por el fiduciario - III.3) Acciones de cumplimiento de contrato y revocación de actos en fraude de los derechos de beneficiario y fideicomisario - SECCIÓN 3ª – EFECTOS, p.216 - Art. 1682 - Propiedad fiduciaria - III) Interpretación de la norma - III.1) El fiduciario es propietario fiduciario de los bienes fideicomitidos - III.2) La propiedad fiduciaria, una propiedad con características particulares - III.3) Normas que rigen la propiedad fiduciaria - Art. 1683 - Efectos frente a terceros - III) Interpretación de la norma - III.1) Efectos entre las partes - III.2) Efectos frente a terceros - Art. 1684 - Registración. Bienes incorporados - III) Interpretación de la norma - III.1) Toma de razón en los registros correspondientes - III.2) Principio de subrogación real: los frutos, productos y bienes que ingresan al fideicomiso son propiedad fiduciaria - III.3) Inscripción del carácter fiduciario de los bienes subrogantes - Art. 1685 - Patrimonio separado. Seguro - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio de separación patrimonial - III.2) La ruptura con el principio de unicidad del patrimonio - III.3) La obligación de contratar seguros de responsabilidad civil por daños causados por las cosas que constituyen el patrimonio - III.4) Características del seguro a contratar - III.5) Responsabilidad por falta de contratación de seguro - Art. 1686 - Acción por acreedores - III) Interpretación de la norma - III.1) Imposibilidad de agresión patrimonial por parte de los acreedores del fiduciario - III.2) Acciones de los acreedores del fiduciante - III.3) Subrogación de los derechos de beneficiario y fideicomisario - Art. 1687 - Deudas. Liquidación - III) Interpretación de la norma - III.1) Irresponsabilidad del fiduciario - III.2) Responsabilidad del fiduciario, si se presentan los presupuestos de la responsabilidad civil - III.3) Irresponsabilidad del fiduciante, del beneficiario y del fideicomisario - III.4) Insuficiencia de los bienes - Art. 1688 - Actos de disposición y gravámenes - III) Interpretación de la norma - III.1) Facultades del fiduciario. Principio - III.2) Límite teleológico (transmisión requerida por los fines del fideicomiso) - III.3) Límite técnico (necesidad de consentimiento del fiduciante o del beneficiario) - III.4) Otras limitaciones contractuales - III.5) Extensión de las facultades del fiduciario - III.6) Existencia de varios fiduciarios. Imposibilidad de pedir la partición- Art. 1689 – Acciones - III) Interpretación de la norma - III.1) Ejercicio de acciones por el fiduciario - III.2) Subrogación en el ejercicio de las acciones - SECCIÓN 4ª - FIDEICOMISO FINANCIERO, p.239 - Art. 1690 – Definición - Art. 1691 - Títulos valores. Ofertas al público - Art. 1692 - Contenido del contrato de fideicomiso financiero - SECCIÓN 5ª - CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Y TÍTULOS DE DEUDA, p.243 -Art. 1693 - Emisión y caracteres. Certificados globales - III) Interpretación de la norma - III.1) Posibilidad de emisión de títulos valores atípicos - III.2) Certificados de participación y títulos de deuda - Art. 1694 - Clases. Series - SECCIÓN 6ª - ASAMBLEAS DE TENEDORES DE TÍTULOS REPRESENTATIVOS DE DEUDA O CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN, p.246 - Art. 1695 – Asambleas - III) Interpretación de la norma - III.1) Decisiones colectivas de los beneficiarios. Disposiciones contractuales y reglamentaciones especiales - III.2) Ausencia de disposiciones contractuales y reglamentaciones especiales. Supuestos generales - III.3) Mayorías en caso de insolvencia o reestructuración de pagos - Art. 1696 - Cómputo - SECCIÓN 7ª - EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO, p.249 - Art. 1697 - Causales - III) Interpretación de la norma - III.1) Extinción por acaecimiento de la causal prevista en el contrato - III.2) Extinción por cumplimiento del plazo o cumplimiento del hecho condicionante - III.3) Revocación - Art. 1698 – Efectos - SECCIÓN 8ª - FIDEICOMISO TESTAMENTARIO, p.252 - Art. 1699 - Reglas aplicables – III) Interpretación de la norma - III.1) El testamento como fuente del fideicomiso. Forma y contenido - III.2) Normas aplicables al fideicomiso testamentario - III.3) Dos normas específicas: limitación a la legítima y fideicomisos a favor de incapaces - III.4) Cómputo del plazo máximo - Art. 1700 – Nulidad - CAPÍTULO 31 - DOMINIO FIDUCIARIO, p.256 - Art. 1701 - Dominio fiduciario. Definición - III) Interpretación de la norma - III.1) La regulación del dominio fiduciario como un capítulo del título de los contratos - III.2) El dominio fiduciario. Características - Art. 1702 - Normas aplicables - Art. 1703 - Excepciones a la normativa general - Art. 1704 – Facultades - Art. 1705 – Irretroactividad - III) Interpretación de la norma - III.1) Principio de irretroactividad - III.2) Los actos que sí son revocables y, por ello, opera el principio de retroactividad - Art. 1706 - Readquisición del dominio perfecto - Art. 1707 – Efectos - TÍTULO V - Otras fuentes de las obligacionesCAPÍTULO 1 - RESPONSABILIDAD CIVIL, p.267 -. Fundamentos - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.271 - Art. 1708 - Funciones de la responsabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) La denominación: responsabilidad civil en vez de responsabilidad por daños - III.2) Las dos funciones: prevenir y reparar - Art. 1709 - Prelación normativa - SECCIÓN 2ª - FUNCIÓN PREVENTIVA Y PUNICIÓN EXCESIVA, p.294 - Art. 1710 - Deber de prevención del daño - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen anterior y la subsistencia de normas - III.2) Jerarquía constitucional - III.3) Fundamentos - III.4) La prevención y el derecho a la seguridad - III.5) Descripción de la norma. Las acciones previstas - III.6) Requisitos de procedencia de la acción preventiva - III.7) Consecuencias del incumplimiento. El acto ilícito - Art. 1711 - Acción preventiva - III) Interpretación de la norma - III.1) Caracterización - III.2) Antecedentes. Los distintos instrumentos procesales - III.3) Medida autosatisfactiva y tutela anticipada - III.4) Requisitos de procedencia de la tutela preventiva - Art. 1712 – Legitimación - Art. 1713 – Sentencia - III) Interpretación de la norma - III.1) Caracterización - III.2) Algunas aplicaciones jurisprudenciales - Art. 1714 - Punición excesiva - Art. 1715 - Facultades del juez - III) Interpretación de las normas - III.1) Los antecedentes - III.2) La sanción pecuniaria disuasiva en la Ley 26.944 de Responsabilidad del Estado - III.3) La sanción pecuniaria disuasiva en el Anteproyecto - SECCIÓN 3ª - FUNCIÓN RESARCITORIA, p.339 - Fundamentos - Art. 1716 - Deber de reparar - III) Interpretación de la norma - III.1) Unidad o dualidad de la responsabilidad civil - III.2) El régimen del código derogado - III.3) El principio general: unificación de la responsabilidad civil – III.4) Subsistencia de ciertas particularidades de la responsabilidad contractual - III.5) Obligación de seguridad en el derecho común - Art. 1717 – Antijuridicidad - III) Interpretación de la norma - III.1) La antijuridicidad como elemento de la responsabilidad civil - III.2) El deber general de no dañar - III.3) Concepto y caracteres de la antijuridicidad - III.4) La antijuridicidad en la omisión - III.5) Responsabilidad por actos lícitos - Art. 1718 - Legítima defensa, estado de necesidad y ejercicio regular de un derecho - III) Interpretación de la norma - III.1) Las causas de justificación - III.2) Examen de las causas de justificación en particular - Art. 1719 - Asunción de riesgos - III) Interpretación de la norma - III.1) La denominada "asunción o aceptación de riesgos" - III.2) Actos de abnegación o altruismo - Art. 1720 - Consentimiento del damnificado - Art. 1721 - Factores de atribución - III) Interpretación de la norma - III.1) La culpa como norma de cierre - III.2) Algunas aplicaciones en concreto de la culpa - Art. 1722 - Factor objetivo - III) Interpretación de la norma - III.1) Principios generales - III.2) Otros supuestos de responsabilidad objetiva - III.3) Las eximentes - Art. 1723 - Responsabilidad objetiva - III) Interpretación de la norma - III.1) Obligaciones de medios y de resultado - III.2) La responsabilidad contractual objetiva en el Código - Art. 1724 - Factores subjetivos - III) Interpretación de la norma - III.1) La culpa. Concepto y caracterización - III.2) Valoración de la culpa - III.3) Algunas aplicaciones de la culpa - III.4) El dolo - III.5) El régimen actual - Art. 1725 - Valoración de la conducta - III) Interpretación de la norma - III.1) Los supuestos comprendidos - III.2) Reglas interpretativas - Art. 1726 - Relación causal - Art. 1727 - Tipos de consecuencias - III) Interpretación de la norma - III.1) La relación causal como elemento de la responsabilidad civil - III.2) La teoría de la causalidad adecuada - III.3) Clasificación de las consecuencias - Art. 1728 - Previsibilidad contractual - Art. 1729 - Hecho del damnificado - III) Interpretación de la norma - III.1) La fractura del nexo causal - III.2) El hecho de la víctima - Art. 1730 - Caso fortuito. Fuerza mayor - III) Interpretación de la norma - III.1) El caso fortuito o fuerza mayor. Caracterización - III.2) Caso fortuito y ausencia de culpa: diferencias - III.3) Efectos del caso fortuito - Art. 1731 - Hecho de un tercero - Art. 1732 - Imposibilidad de cumplimiento - III) Interpretación de la norma - III.1) La imposibilidad de cumplimiento - III.2) Efectos de la imposibilidad - Art. 1733 - Responsabilidad por caso fortuito o por imposibilidad de cumplimiento - III) Interpretación de la norma - III.1) Asunción contractual del caso fortuito - III.2) Disposición de la ley - III.3) Mora del deudor - III.4) Existencia de culpa previa del responsable - III.5) Contingencia propia al riesgo de la cosa o la actividad - III.6) Obligación de restituir como consecuencia de un hecho ilícito - Art. 1734 - Prueba de los factores de atribución y de las eximentes - III) Interpretación de la norma - III.1) La carga de la prueba - III.2) Carga de la prueba del factor de atribución - III.3) Prueba del factor de atribución en la responsabilidad contractual - III.4) Carga de la prueba de las eximentes - Art. 1735 - Facultades judiciales - III) Interpretación de la norma - III.1) La teoría de las cargas probatorias dinámicas - III.2) La cuestión en el nuevo Código - Art. 1736 - Prueba de la relación de causalidad - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio general: la carga de la prueba de la causalidad recae sobre el actor - III.2) Las excepciones: presunciones de causalidad y de adecuación causal - III.3) Prueba de las eximentes - SECCIÓN 4ª - DAÑO RESARCIBLE, p.468 - Fundamentos - Art. 1737 - Concepto de daño - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen del código derogado - III.2) El régimen actual. Concepto. Caracterización - III.3) Daño colectivo - III.4) Daño contractual y extracontractual - III.5) Daño. Consecuencia - Art. 1738 – Indemnización - III) Interpretación de la norma - III.1) Principios generales - III.2) Clases de daños comprendidos - III.3) Los daños a las personas. Su Constitucionalización - Art. 1739 – Requisitos - III) Interpretación de la norma - III.1) Los requisitos del daño resarcible. La pérdida de la chance resarcible - Art. 1740 - Reparación plena - III) Interpretación de la norma - III.1) ¿Qué es la reparación plena? - III.2) Excepciones al principio de la reparación plena - III.3) Dos notas destacadas - Art. 1741 - Indemnización de las consecuencias no patrimoniales - III) Interpretación de la norma - III.1) Antecedentes - III.2) El régimen actual - III.3) La legitimación ampliada - III.4) ¿Qué son las satisfacciones sustitutivas y compensatorias? - III.5) La transmisión de la acción - Art. 1742 - Atenuación de la responsabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Antecedentes y el texto actual - III.2) Las principales directivas - Art. 1743 - Dispensa anticipada de la responsabilidad - Art. 1744 - Prueba del daño - III) Interpretación de la norma - III.1) Principales directivas - III.2) Prueba del daño contractual - Art. 1745 - Indemnización por fallecimiento - III) Interpretación de la norma - III.1) Principales directrices - Art. 1746 - Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica - III) Interpretación de la norma - III.1) La incapacidad permanente - III.2) Incapacidad transitoria - III.3) Pautas para la valoración de las lesiones e incapacidad - III.4) Los daños presumidos - Art. 1747 - Acumulabilidad del daño moratorio - Art. 1748 - Curso de los intereses - SECCIÓN 5ª - RESPONSABILIDAD DIRECTA, p.537 - Fundamentos - Art. 1749 - Sujetos responsables - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad directa - III.2) Incumplimiento de una obligación - III.3) Producción de un daño extracontractual por acción u omisión dolosa o culposa - Art. 1750 - Daños causados por actos involuntarios - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad por actos involuntarios - III.2) Daños causados mediante el empleo de fuerza física irresistible - Art. 1751 - Pluralidad de responsables - III) Interpretación de la norma - III.1) Supuestos de responsabilidad solidaria - III.2) Supuestos de responsabilidad concurrente - III.3) El hecho del tercero como eximente - III.4) Excepción a la regla de la solidaridad. Principio de la simple mancomunación en el incumplimiento de las obligaciones - Art. 1752 – Encubrimiento - SECCIÓN 6ª - RESPONSABILIDAD POR EL HECHO DE TERCEROS, p.557 - Fundamentos - Art. 1753 - Responsabilidad del principal por el hecho del dependiente - III) Interpretación de la norma - III.1) Los presupuestos de aplicación - III.2) Factor de atribución y eximentes - Art. 1754 - Hecho de los hijos - Art. 1755 - Cesación de la responsabilidad paterna - III) Interpretación de la norma - III.1) Factor de atribución y eximentes - III.2) Convivencia con los progenitores - III.3) Ejercicio de actividades lucrativas e incumplimiento contractual por el menor - Art. 1756 - Otras personas encargadas - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad de los tutores, curadores y delegados en el ejercicio de la responsabilidad parental - III.2) Responsabilidad de los establecimientos de internación - SECCIÓN 7ª - RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA INTERVENCIÓN DE COSAS Y DE CIERTAS ACTIVIDADES, p.575 - Fundamentos - Art. 1757 - Hecho de las cosas y actividades riesgosas - III) Interpretación de la norma - III.1) Antecedentes del régimen anterior. Principios que mantienen vigencia - III.2) Principales características del régimen actual - III.3) Las actividades riesgosas y peligrosas - III.4) Síntesis - III.5) Las eximentes - Art. 1758 - Sujetos responsables - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen anterior y el actual - III.2) Legitimación pasiva. Dueño y guardián - III.3) La eximente - III.4) La legitimación pasiva en las actividades riesgosas - Art. 1759 - Daño causado por animales - III) Interpretación de la norma - III.1) El régimen del código anterior y el sistema actual - III.2) Legitimados pasivos - SECCIÓN 8ª - RESPONSABILIDAD COLECTIVA Y ANÓNIMA, p.602 - Fundamentos - Art. 1760 - Cosa suspendida o arrojada - Art. 1761 - Autor anónimo - III) Interpretación de la norma - III.1) La responsabilidad colectiva por los daños causados por un autor anónimo - Art. 1762 - Actividad peligrosa de un grupo - III) Interpretación de la norma - III.1) Responsabilidad por el hecho de los grupos riesgosos - SECCIÓN 9ª - SUPUESTOS ESPECIALES DE RESPONSABILIDAD, p.614 - Fundamentos - Art. 1763 - Responsabilidad de la persona jurídica - III) Interpretación de la norma - III.1) Ámbito de aplicación - III.2) Presupuestos - Art. 1764 - Inaplicabilidad de normas - Art. 1765 - Responsabilidad del Estado - III) Interpretación de las normas - III.1) La responsabilidad del Estado enmarcada en el ámbito del derecho público - III.2) El alcance de la limitación prevista en el artículo 1764 del Código - III.3) La ley 26.944 - III.4) Las acciones colectivas y la responsabilidad del Estado - IV) Significado de la reforma - Art. 1766 - Responsabilidad del funcionario y del empleado público - Art. 1767 - Responsabilidad de los establecimientos educativos - III) Interpretación de la norma - III.1) Ámbito de aplicación - III.2) Presupuestos - III.3) El seguro escolar - Art. 1768 - Profesionales liberales - III) Interpretación de la norma - III.1) Ámbito de aplicación - III.2) Régimen de responsabilidad del profesional liberal por el incumplimiento de la prestación principal - III.3) La utilización de cosas riesgosas por parte del profesional liberal - Art. 1769 - Accidentes de tránsito - III) Interpretación de la norma - III.1) La incidencia de la responsabilidad objetiva - III.2) La legitimación activa y la legitimación pasiva - Art. 1770 - Protección de la vida privada - III) Interpretación de la norma - III.1) El derecho a la intimidad - III.2) Presupuestos del acto lesivo - III.3) Acciones previstas - Art. 1771 - Acusación calumniosa - III) Interpretación de la norma - III.1) Acusación calumniosa - III.2) Requisitos - SECCIÓN 10ª - EJERCICIO DE LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD, p.649 - Fundamentos - Art. 1772 - Daños causados a cosas o bienes. Sujetos legitimados - Art. 1773 - Acción contra el responsable directo e indirecto - SECCIÓN 11ª - ACCIONES CIVIL Y PENAL, p.654 - Art. 1774 – Independencia - Art. 1775 - Suspensión del dictado de la sentencia civil - III) Interpretación de la norma - III.1) Presupuestos - III.2) Excepciones - Art. 1776 - Condena penal - III) Interpretación de la norma - III.1) La existencia del "hecho principal" - III.2) La culpa del condenado - III.3) Efectos de la cosa juzgada respecto del tercero civilmente demandado - Art. 1777 - Inexistencia del hecho, de autoría, de delito o de responsabilidad penal - III) Interpretación de la norma - III.1) La materialidad del hecho y la participación del imputado - III.2) La inexistencia de delito o de responsabilidad penal - III.3) La influencia de la sentencia penal en cuanto a las causas de justificación - III.4) Efectos del sobreseimiento - Art. 1778 - Excusas absolutorias - Art. 1779 - Impedimento de reparación del daño - III) Interpretación de la norma - III.1) La veracidad de los hechos imputados en la denuncia reputada calumniosa - III.2) Los damnificados indirectos como autores o cómplices del ilícito - Art. 1780 - Sentencia penal posterior - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio general de inmutabilidad de la decisión civil anterior - III.2) Las excepciones al principio de inmutabilidad. El recurso de revisión - CAPÍTULO 2 - GESTIÓN DE NEGOCIOS, p.678 - Art. 1781 – Definición - Art. 1782 - Obligaciones del gestor - Art. 1783 - Conclusión de la gestión - Art. 1784 - Obligación frente a terceros - Art. 1785 - Gestión conducida útilmente - III) Interpretación de la norma - III.1) Acerca de la "utilidad de la gestión" - III.2) Obligaciones del gestionado frente al gestor - Art. 1786 - Responsabilidad del gestor por culpa - Art. 1787 - Responsabilidad del gestor por caso fortuito - Art. 1788 - Responsabilidad solidaria -Art. 1789 – Ratificación - Art. 1790 - Aplicación de normas del mandato - CAPÍTULO 3 - EMPLEO ÚTIL, p.701 - Art. 1791 – Caracterización - Art. 1792 - Gastos funerarios - Art. 1793 - Obligados al reembolso - CAPÍTULO 4 - ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA, p.706 - El enriquecimiento sin causa en los Fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.707 - Art. 1794 – Caracterización - Art. 1795 - Improcedencia de la acción - SECCIÓN 2ª - PAGO INDEBIDO, p.712 - Art. 1796 – Casos - Art. 1797 - Irrelevancia del error - Art. 1798 - Alcances de la repetición - Art. 1799 - Situaciones especiales - CAPÍTULO 5 - DECLARACIÓN UNILATERAL DE VOLUNTAD - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.722 - Art. 1800 - Regla general - III) Interpretación de la norma - III.1) La voluntad unilateral como fuente autónoma de obligaciones - III.2) Razones del reconocimiento de la declaración unilateral como fuente de obligaciones - III.3) Ámbitos de obligatoriedad de la declaración unilateral de voluntad - III.4) Integración normativa de la declaración unilateral de voluntad - Art. 1801 - Reconocimiento y promesa de pago - III) Interpretación de la norma - III.1) La promesa de pago - III.2) El reconocimiento como declaración unilateral de voluntad - Art. 1802 - Cartas de crédito - III) Interpretación de la norma - III.1) Las cartas de crédito - III.2) La declaración unilateral de voluntad y las cartas de crédito - III.3) La forma de los actos jurídicos y la carta de crédito - SECCIÓN 2ª - PROMESA PÚBLICA DE RECOMPENSA, p.731 - Art. 1803 – Obligatoriedad - III) Interpretación de la norma - III.1) La promesa pública de recompensa y su efecto vinculante - III.2) Exigibilidad de la promesa - III.3) Contenido de la obligación del promitente - Art. 1804 - Plazo expreso o tácito - III) Interpretación de la norma - III.1) Plazo expreso o tácito de la promesa de recompensa - III.2) Caducidad de la promesa de recompensa - Art. 1805 – Revocación - III) Interpretación de la norma - III.1) Revocabilidad de la promesa de recompensa - III.2) Inoponibilidad de la revocación - Art. 1806 - Atribución de la recompensa - III) Interpretación de la norma - III.1) Supuestos de conflicto en el pago de la recompensa - III.2) Primer supuesto: concurrencia de varias personas sin esfuerzos de cooperación - III.3) Segundo supuesto: concurrencia de varias personas con esfuerzos de cooperación - SECCIÓN 3ª - CONCURSO PÚBLICO, p.739 - Art. 1807 - Concurso público - III) Interpretación de la norma - III.1) Concurso público y promesa pública de recompensa - III.2) Contenido de la promesa de recompensa en el concurso público - III.3) Adjudicación del premio. Obligatoriedad del dictamen del jurado - III.4) Derechos patrimoniales sobre la obra premiada - Art. 1808 – Destinatarios - III) Interpretación de la norma - III.1) Destinatarios del concurso público - Art. 1809 - Decisión del jurado - III) Interpretación de la norma - III.1) Decisión del jurado en el concurso público - SECCIÓN 4ª - GARANTÍAS UNILATERALES, p.744 - Art. 1810 - Garantías unilaterales - III) Interpretación de la norma - III.1) Las garantías "a primera demanda" y sus variantes - III.2) Sujetos que intervienen en la operación de garantía - III.3) El concepto de garantía unilateral en el artículo 1810 del Código y el objeto de la garantía - III.4) La independencia de la garantía unilateral - III.5) Acciones recursorias luego del pago - III.6) Fraude o abuso y medidas cautelares - III.7) Garantías unilaterales en el comercio internacional: Reglas de la CCI - Art. 1811 – Sujetos - III) Interpretación de la norma - III.1) Limitación a la posibilidad de obligarse por garantías unilaterales - III.2) Fundamentos de la limitación legal - Art. 1812 – Forma - III) Interpretación de la norma - III.1) Las garantías unilaterales como actos formales - III.2) Las garantías unilaterales emitidas por entidades financieras y aseguradoras - Art. 1813 - Cesión de garantía - III) Interpretación de la norma - III.1) Cesión de la relación subyacente y de la garantía unilateral - III.2) Cesión de la garantía y acciones recursorias - Art. 1814 – Irrevocabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Irrevocabilidad de la declaración unilateral de voluntad - CAPÍTULO 6 - TÍTULOS VALORES, p.757 - Los títulos valores en los fundamentos de la Comisión de Reformas - SECCIÓN 1ª - DISPOSICIONES GENERALES, p.758 - Art. 1815 – Concepto - III) Interpretación de la norma - III.1) El nomen iuris - III.2) Ausencia de adscripción dogmática de la norma - III.3) La incorporación del derecho - III.4) El carácter incondicional e irrevocable del derecho - III.5) El carácter autónomo del derecho incorporado. Remisión - III.6) La distinción con las cosas o bienes muebles registrables - Art. 1816 – Autonomía - III) Interpretación de la norma - III.1) La autonomía y la exclusión de excepciones en el plano personal - III.2) La autonomía y la exclusión de excepciones en el plano real - III.3) Condiciones para la adquisición autónoma: la ley de circulación del título valor - III.4) Condiciones para la adquisición autónoma: la buena fe objetiva - III.5) La autonomía y la exclusión de excepciones personales - Art. 1817 - Pago liberatorio - III) Interpretación de la norma - III.1) Liberación por el pago al portador legítimo no titular - III.2) La buena fe del solvens - III.3) El pago sin la entrega del título valor y la posición del portador posterior - Art. 1818 – Accesorios - III) Interpretación de la norma - III.1) Efectos de la transmisión del título valor - III.2) ¿Qué se adquiere (y qué no se adquiere) cuando se transmite un título valor? - Art. 1819 – Titularidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Legitimación y titularidad - III.2) La adquisición de la titularidad del derecho incorporado al título valor - III.3) Efectos de la presencia o ausencia de los recaudos indicados por el artículo 1819 - Art. 1820 - Libertad de creación - III) Interpretación de la norma - III.1) Títulos valores típicos y atípicos - III.2) La creación de títulos valores atípicos en la doctrina y normativa nacional - III.3) Los límites normativos a la creación de títulos valores atípicos - Art. 1821 - Defensas oponibles - III) Interpretación de la norma - III.1) La importancia del artículo 1821 - III.2) Inciso a: oposición de excepciones personales - III.3) Inciso b: excepciones derivadas del tenor documental - III.4) Inciso c: excepciones derivadas de la falsedad de firma, defecto de representación o de capacidad - III.5) Inciso d: excepciones derivadas de la falta de legitimación del portador - III.6) Inciso e: excepciones derivadas de la alteración del tenor documental - III.7) Inciso f: excepciones derivadas de la prescripción o caducidad - III.8) Inciso g: excepciones derivadas de la cancelación del título valor o de la suspensión de su exigibilidad - III.9) Inciso h: excepciones admisibles conforme las leyes procesales - III.10) Otras consideraciones relevantes - Art. 1822 - Medidas precautorias - III) Interpretación de la norma - III.1) Necesidad de una solución particular en materia de títulos valores - III.2) Los casos contemplados en el artículo 1822 - Art. 1823 - Firmas falsas y otros supuestos - III) Interpretación de la norma - III.1) El principio de independencia de las obligaciones incorporadas al título valor - III.2) Supuestos alcanzados y consecuencias jurídicas de la independencia de las obligaciones incorporadas al título valor - Art. 1824 - Incumplimiento del asentimiento conyugal - III) Interpretación de la norma - III.1) El asentimiento conyugal y la transferencia de títulos valores - III.2) La inoponibilidad de la falta de asentimiento conyugal al adquirente del título valor - Art. 1825 - Representación inexistente o insuficiente - III) Interpretación de la norma - III.1) El defecto de representación en materia de títulos valores - III.2) La responsabilidad del falsificador - Art. 1826 – Responsabilidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Los creadores de títulos valores y otros participantes en la circulación: responsabilidad por el pago - III.2) El otorgamiento de garantías para el pago del título valor - III.3) La solidaridad de los obligados al pago del título valor - Art. 1827 – Novación - III) Interpretación de la norma - III.1) Ausencia de novación - III.2) Condiciones para el ejercicio de la acción causal - III.3) Condiciones para el ejercicio de la acción de enriquecimiento - Art. 1828 - Títulos representativos de mercaderías - III) Interpretación de la norma - III.1) Los títulos valores representativos de mercaderías - III.2) Los derechos asignados al portador legítimo - Art. 1829 - Cuotapartes de fondos comunes de inversión - III) Interpretación de la norma - III.1) El reconocimiento del carácter de título valor a las cuotapartes - III.2) Breve referencia a las cuotapartes como título valor - SECCIÓN 2ª - TÍTULOS VALORES CARTULARES, p.813 - Art. 1830 – Necesidad - III) Interpretación de la norma - III.1) Los títulos valores cartulares - III.2) La necesidad y los títulos valores cartulares - Art. 1831 – Literalidad - III) Interpretación de la norma - III.1) La literalidad en los títulos valores cartulares - III.2) Literalidad y autosuficiencia del documento - III.3) Límites de la literalidad: validez y relevancia del contenido del documento - Art. 1832 – Alteraciones - III) Interpretación de la norma - III.1) La falsedad y la falsificación en los títulos valores - III.2) Supuestos excluidos del concepto de alteraciones - Art. 1833 - Requisitos. Contenido mínimo - III) Interpretación de la norma - III.1) Exigencias o requisitos de contenido en los títulos valores cartulares ("requisitos formales") -III.2) Razones de la existencia de contenidos mínimos esenciales en los títulos valores cartulares - III.3) Consecuencias de la ausencia de un contenido mínimo esencial - III.4) Límites temporales para completar el título valor - Art. 1834 - Aplicación subsidiaria - III) Interpretación de la norma - III.1) Carácter general de las disposiciones del Código en materia de títulos valores - III.2) La aplicación subsidiaria de las normas del Código en materia de títulos valores - Art. 1835 - Títulos impropios y documentos de legitimación - III) Interpretación de la norma - III.1) Carácter general del artículo 1835 del Código - III.2) Títulos impropios - III.3) Documentos de legitimación - Art. 1836 - Desmaterialización e ingreso en sistemas de anotaciones en cuenta - III) Interpretación de la norma - III.1) Posibilidad de desmaterialización o desincorporación de origen convencional - III.2) Emisión no cartular de títulos valores cartulares - III.3) Emisión cartular y desmaterialización en la circulación posterior - III.4) Consecuencias de la desincorporación o desmaterialización - PARÁGRAFO 1° - TÍTULOS VALORES AL PORTADOR, p.834 - Art. 1837 – Concepto - PARÁGRAFO 2° - TÍTULOS VALORES A LA ORDEN, p.837 - Art. 1838 – Tipificación - Art. 1839 – Endoso - Art. 1840 - Condición y endoso parcial - Art. 1841 - Tiempo del endoso - Art. 1842 – Legitimación - Art. 1843 - Endoso en blanco - Art. 1844 - Endoso en procuración - Art. 1845 - Endoso en garantía - Art. 1846 – Responsabilidad - PARÁGRAFO 3° - Títulos valores nominativos endosablesArt. 1847 – Régimen - Art. 1848 - Reglas aplicables - PARÁGRAFO 4° - TÍTULOS VALORES NOMINATIVOS NO ENDOSABLES, p.871 - Art. 1849 – Régimen -SECCIÓN 3ª - TÍTULOS VALORES NO CARTULARES, p.874 - Art. 1850 – Régimen - III) Interpretación de la norma - III.1) Desincorporación o desmaterialización de los títulos valores - III.2) Origen legal o convencional de la desincorporación o desmaterialización - III.3) El registro de las transmisiones sucesivas o afectación de los derechos conferidos por el título valor - III.4) La tutela en el plano real y obligatorio en el artículo 1850 - Art. 1851 - Comprobantes de saldos - III) Interpretación de la norma - III.1) Ejercicio de derechos en los títulos valores no cartulares - III.2) Obligación de expedición de los comprobantes de saldo - III.3) Variantes de los comprobantes de saldo - III.4) Los certificados globales - SECCIÓN 4ª - DETERIORO, SUSTRACCIÓN, PÉRDIDA Y DESTRUCCIÓN DE TÍTULOS VALORES O DE SUS REGISTROS - PARÁGRAFO 1° - NORMAS COMUNES PARA TÍTULOS VALORES, p.884 - Art. 1852 - Ámbito de aplicación. Jurisdicción - Art. 1853 - Sustitución por deterioro - Art. 1854 - Obligaciones de terceros - PARÁGRAFO 2° - NORMAS APLICABLES A TÍTULOS VALORES EN SERIE, p.890 - Art. 1855 – Denuncia - Art. 1856 - Suspensión de efectos - Art. 1857 – Publicación - Art. 1858 - Títulos con cotización pública - Art. 1859 - Partes interesadas - Art. 1860 – Observaciones - Art. 1861 - Certificado provisorio - Art. 1862 - Denegación. Acciones - Art. 1863 - Depósito o entrega de las prestaciones - Art. 1864 - Ejercicio de derechos de contenido no dinerario - Art. 1865 - Títulos valores definitivos - Art. 1866 - Presentación del portador - Art. 1867 - Adquirente en bolsa o caja de valores - Art. 1868 - Desestimación de oposición - Art. 1869 - Títulos valores nominativos no endosables - Art. 1870 - Cupones separables - PARÁGRAFO 3° - NORMAS APLICABLES A LOS TÍTULOS VALORES INDIVIDUALES, p.913 - Art. 1871 – Denuncia - Art. 1872 – Notificación - Art. 1873 - Publicación. Pago anterior - Art. 1874 - Duplicado. Cumplimiento - Art. 1875 – Oposición - PARÁGRAFO 4° - SUSTRACCIÓN, PÉRDIDA O DESTRUCCIÓN DE LOS LIBROS DE REGISTRO, p.921 - Art. 1876 – Denuncia - Art. 1877 – Publicaciones - Art. 1878 – Trámite - Art. 1879 - Nuevo libro - Art. 1880 - Ejercicio de derechos - Art. 1881 - Medidas especiales -

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