Tratado de derecho municipal Horacio Rosatti Tomo I
Por: Rosatti, Horacio 1956- [autor].
Tipo de material: LibroEditor: Santa Fe Rubinzal - Culzoni Editores 2012Edición: cuarta edición ampliada y actualizada.Descripción: 2 volúmenes (566 páginas, 538 páginas) gráficas 23 cm.Tipo de contenido: texto Tipo de medio: sin mediación Tipo de portador: volumenISBN: 9789873003158; 9789873003165.Tema(s): DERECHO ADMINISTRATIVO -- Argentina | MUNICIPALIDAD | FACULTADES DE LA MUNICIPALIDADPremios: Obra distinguida con el Premio Nacional de Derecho y Ciencias Políticas otorgado por la Secretaría de Cultura de la NaciónResumen: METODOLOGÍA – 1. Sobre el sentido en que asume lo municipal, p.9 – 2. Sobre el rol de lo jurídico, p.9 – 3. Sobre el predominio de lo conceptual sobre lo instrumental, p.9 – 4. Sobre la estrategia discursiva del tratado, p.10 – 5. La presente edición, p.10 - PRIMERA PARTE - CARACTERIZACIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA DEL MUNICIPIO – SECCIÓN I – CARACTERIZACIÓN CONCEPTUAL Y JURÍDICA DEL MUNICIPIO - CAPÍTULO I - CARACTERIZACIÓN DEL MUNICIPIO - 1. Ciudad, municipio y municipalidad. Diferencias conceptuales, p.17 - D. De la ciudad a la municipalidad, p.19 - 2. Base territorial, p.21 - A. Naturaleza del municipio, p.21 - B. Proyección de las respuestas precedentes sobre la base territorial del municipio, p.26 - C. Nuestra opinión, p.28 - a) Crítica del sistema “municipio-partido”, p.28 - b) Bases para un sistema de escala humana, p.30 - 1) La ciudad consolidada y su posible crecimiento, p.30 - 2) La participación de los vecinos en las decisiones de territorialidad, p.34 - 3. Base poblacional, p.34 - A. Una antigua preocupación, p.34 - B. Los criterios caracterizantes, p.35 - C. Nuestra opinión, p.38 - 4. Autosuficiencia y vecinalismo, p.42 - A. Crisis de la noción clásica de “autosuficiencia”, p.42 - B. Crisis de la noción clásica de “vecinalismo”, p.44 - C. Proyección de la crisis de las nociones de “autosuficiencia” y “vecinalismo” sobre la caracterización del municipio, p.48 - D. Premunicipalismo, municipalismo y posmunicipalismo en Argentina, p.52 – CAPÍTULO II - NATURALEZA JURÍDICA DEL MUNICIPIO - 1. La vida local entre 1810 y 1853, p.60 - A. El municipio y el Cabildo, p.60 - 2. El municipio en la Constitución Nacional de 1853/60, p.65 - A. Un paso adelante, dos atrás, p.65 - B. Métodos históricos empleados para desentrañar la naturaleza jurídica del municipio argentino a partir del artículo 5º de la Constitución Nacional, p.66 - a) La interpretación, p.66 - 1) Interpretación doctrinal, p.66 - 2) Interpretación jurisprudencial, p.71 - 3) Análisis crítico de la vía interpretativa, p.74 - b) La reglamentación, p.75 - 3. La autonomía en la reforma constitucional de 1994, p.77 - A. Autonomía y autarquía en los prolegómenos de la reforma constitucional, p.77 - a) La diferencia por el origen del poder, p.77 - b) La diferencia por el tipo (cualidad) o el quantum (cantidad) del poder, p.78 - B. La reforma constitucional, p.79 - C. Nuestra interpretación del artículo 123 de la Constitución Nacional, p.81 - a) Concepto de autonomía. Precisiones conceptuales, p.81 - b) Contenidos de la autonomía, p.86 - 1) Autonormatividad constituyente, p.86 - 2) Autocefalía, p.88 - 3) Autarcía o autarquía, p.89 - 4) Materia propia, p.91 - 5) Garantías de funcionamiento y autodeterminación, p.93 - D. Los matices (alcance de los contenidos) de la autonomía en las provincias, p.93 - a) Grados de autonormatividad constituyente, p.93 - b) Grados de autofalecia o autocefalía, p.96 - c) Grados de autarquía, p.97 - d) Grados de materia propia, p.98 - e) Grados de autodeterminación política y funcional, p.100 - 4. Jurisprudencia relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación luego de la reforma constitucional de 1994 en materia de autonomía municipal, p.102 - SEGUNDA PARTE EL MUNICIPIO EN EL MARCO DE OTRAS INSTANCIAS DE DECISIÓN TERRITORIAL - CAPÍTULO III – MUNICIPIO Y FEDERALISMO - 1. Caracterización del federalismo, p.113 – A. La descentralización, p.113 – B. El poder como materia de descentralización, p.115 – C. La territorialidad como expresión física de la descentralización p.116 – D. El grado o nivel de descentralización propio del federalismo, p.117 – 2. Génesis del federalismo, p.118 – A. El federalismo como técnica, p.118 – B. El federalismo como ideario, p.120 – C. El federalismo: ¿técnica o ideario?, p.121 – 3. Causas del federalismo argentino, p.128 – A. Interpretación materialista, p.128 – B. Interpretación geográfica, p.129 – C. Interpretación imitativa, p.129 – D. Interpretación genética, p.130 – E. Interpretación pluralista, p.131 4. Federalismo y confederación de Estados, p.132 – A. Diferencias conceptuales, p.132 – B. Nuestra opinión sobre el status preconstitucional patrio, p.134 – 5. Federalismo y municipio, p.138 - CAPÍTULO IV – MUNICIPIO Y RELIGIÓN – 1. Caracterización de la región, p.141 – a) Criterio geográfico, p.142 – b) Criterio económico, p.143 – c) Criterio sociológico, p.143 – d) Criterio jurídico, p.144 – B. Valores de los criterios, p.145 – 2. Status constitucional de la región en Argentina, p.147 – 3. El municipio y la región, p.150 – A. Incidencia de la región sobre el municipio. “La actividad regional preponderante”, p.150 – a) Incidencia funcional, p.150 - b) Incidencia sociológica, p.150 – B. Incidencia del municipio sobre la región, p.151 – a) El municipio como “polo de desarrollo”, p.151 – b) Las “regiones intermunicipales”, p.153 – 1) Las regiones intermunicipales asimétricas (regiones metropolitanas), p.153 – 2. Las regiones intermunicipales (relativamente) simétricas, p.1157 – Apéndice – Clasificación de los centros urbanos en función de su grado de incidencia regional, p.158 – SEGUNDA PARTE – COMPETENCIA DEL MUNICIPIO – CAPÍTULO V – COMPETENCIA. CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO – 1. Competencia material, p.164 – A) Criterios de determinación, p.164 – a) Según el principio fundante, p.164 – 1) Criterio esencialista o natural, p.165 – 2) Criterio histórico, p.165 – 3) Criterio racional, p.166 – b) Según la explicitación del Criterio fundante, p.167 – 1) Criterio residual, p.167 – 2) Enumeración taxativa, p.168 – 3) Determinación enunciativa, p.169 – c) Según la jerarquía de la norma explicitadora, p.169 – 1) Nivel constitucional, p.169 – 2) Nivel legal, p.169 – 3) Nivel constituyente municipal, p.170 – d) Nuestra opinión, p.170 – 1) Capacidad y competencia, p.170 – 2) Los poderes implícitos del Estado, p.173 – 3) Ponderación de los diferentes criterios de asignación de competencia, p.175 – B. Clasificación de los contenidos de la competencia material del municipio según la doctrina nacional, p.177 – a) Doctrina nacional, p.177 – b) Doctrina extranjera, p.183 – c) Clasificación que se deduce del texto comparado de las Constituciones provinciales argentinas, p.186 – A. El tema en la Constitución originaria de 1853/60, p.188 - b) Los criterios interpretativos, p.189 – 1) Tesis extensiva o exclusivista de la Nación, p.189 – 2) Tesis restrictiva o de las competencias concurrentes, p.191 – 3) Los criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación hasta la reforma constitucional de 1994, p.193 – B. La reforma constitucional de 1994, p.198 – CAPÍTULO VI - PLANEAMIENTO. PLANEAMIENTO TERRITORIAL - 1. Planeamiento supramunicipal y planeamiento municipal, p.201 - A. Planeamiento a escala supramunicipal, p.201 - B. Planeamiento a escala municipal, p.204 - 2. El planeamiento territorial como competencia del municipio, p.205 - 3. Cuestiones relevantes del planeamiento territorial municipal, p.209 - C. Temas relevantes del planeamiento territorial, p.211 - a) Clasificación del territorio, p.212 - 1) Clasificación general, p.212 - 2) Clasificación del suelo urbano, p.214 - b) Zonificación, p.216 - 2) Pautas orientadoras, p.218 - 3) Criterios de zonificación según usos, p.219 – c) Programación vial, p.221 – 1) Señalamiento vial, p.222 – 2) Infraestructura vial y tránsito peatonal, p.225 – 3) Estacionamiento de rodados, p.229 - D. Criterios para la optimización del planeamiento territorial, p.232 – CAPÍTULO VII - PLANEAMIENTO. PLANEAMIENTO ESTATAL Y PROPIEDAD PRIVADA - 2. Los principios rectores, p.239 - A. Caracterización, p.239 - B. Proyección sobre el planeamiento, p.241 – a) Standard de “aprovechamiento medio”, p.242 – b) Pauta de “distribución equitativa de cargas y beneficios”, p.245 – 2) Funcionamiento de la pauta de “distribución equitativa de cargas y beneficios” en materia de zonificación según usos, p.247 - c) Derecho de indemnización sustitutiva, p.250 – 1) Criterio general, p.250 - 2) Restricciones administrativas impuestas por el urbanismo no sujetas a indemnización, p.252 - 3) Zonificación, p.253 – 4) Loteo, p.256 - 5) Modificación de las condiciones de la calzada. Incidencia sobre propietarios fronteros, p.257 - 6) Expropiación urbanística (criterios indemnizatorios), p.257 – 3. Normas municipales de edificación y propiedad privada, p.259 - CAPÍTULO VIII - LA TUTELA DEL MEDIO AMBIENTE EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA - 1. La percepción antropológica del ambiente, p.265- 2. El bien jurídico constitucionalmente protegido, p.267 - 3. La pretensión ambiental. Naturaleza jurídica, p.269 - 4. Conceptos ambientales fundamentales consagrados constitucionalmente, p.271 – A. Principios referidos al funcionamiento de la naturaleza, p.271 - B. Criterios de aprovechamiento, p.275 - a) Uso racional de los recursos, p.275 - b) Desarrollo sustentable, p.276 - C. Criterios de actuación, p.278 - a) Principios de precaución y de prevención, p.278 - b) Concientización ambiental, p.279 - 5. El daño ambiental, p.280 - A. Caracterización, p.280 a) El daño “irrelevante”, p.281- b) La alteración “positiva”, p.282 - c) La incidencia “no colectiva”, p.283- B. La recomposición, p.284 - a) ¿Qué significa recomponer?, p.284 - b) ¿Es una opción o una obligación?, p.284 - c) ¿Quién debe recomponer?, p.286 - C. La indemnización “sustitutiva”, p.286- 6. La responsabilidad del Estado por la falta de previsión, prevención o precaución en materia ambiental, p.287 – A. Los acontecimientos, p.287 - B. Las actitudes frente a los acontecimientos, p.289 - a) Previsión (lo que va a ocurrir), p.289 - b) Prevención (lo que puede o no puede ocurrir), p.289 - c) Precaución (frente al desconocimiento de lo que puede o no puede ocurrir), p.289 - C. Responsabilidad frente a las hipótesis de falta de previsión, prevención o precaución en materia ambiental, p.290 - a) Falta de previsión, p.290 - b) Falta de prevención, p.291 - c) Precaución, p.292 - D. Técnicas estatales de previsión, prevención y precaución, p.293 – a) El presupuesto como instrumento de previsión, p.293 – b) El planeamiento estratégico como instrumento de prevención, p.295 – c) Instrumentos de precaución, p.296 – Anexo – Clasificación de los recursos naturales, p.297 - CAPÍTULO IX - MEDIO AMBIENTE. COMPETENCIA EN MATERIA DE PRESERVACIÓN AMBIENTAL EN EL ESTADO FEDERAL ARGENTINO (ESTADO NACIONAL, PROVINCIAS, MUNICIPIOS) – 1. El sistema constitucional de distribución de competencias. El caso ambiental, p.300 – A. Norma general de reparto y criterio de solución de conflictos, p.300 – B. Distintos niveles de competencia en relación con temas ambientales, p.303 - 2. Los “niveles” de protección, p.307 - A. La determinación de los presupuestos mínimos de protección por parte del gobierno nacional, p.307 - a) ¿Quién debe establecer los “presupuestos mínimos de protección”?, p.307 - b) ¿Qué contenidos involucran los presupuestos mínimos de protección?, p.308 - c) ¿Puede el gobierno nacional establecer presupuestos mínimos de protección diferentes para distintas provincias?, p.310 - B. Competencia judicial respecto de las cuestiones suscitadas por aplicación de las normas sobre “presupuestos mínimos” de protección, p.311- C. La política ambiental provincial y su relación con el Estado Nacional y el Derecho Internacional, p.313 - a) ¿Pueden las provincias discutir los “presupuestos mínimos de protección” establecidos por el Congreso?, p.313 – b) ¿Pueden discutirse los “presupuestos complementarios de protección” establecidos por las provincias?, p.313 - c) ¿Pueden las provincias celebrar convenios internacionales en materia ambiental?, p.314 - d) Las actividades lícitas (según el Derecho interno) de las provincias en materia ambiental que generan consecuencias negativas en el exterior del país, p.316 - D. El rol de los municipios en la regulación y control ambientales, p.317 - 3. El dominio originario de los recursos naturales, p.317- 4. Bases para la preservación ambiental en el Estado federal argentino. Rol del Estado nacional, las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, p.320 - A. Presupuestos, p.320 - B. Compatibilización de las lógicas territoriales de la protección ambiental y el federalismo, p.321 - C. Protección ambiental y federalismo a partir del texto constitucional, p.322 - CAPÍTULO X- MEDIO AMBIENTE. CONTAMINACIÓN SONORA. RUIDOS MOLESTOS O NOCIVOS. 2. Capacidad de percepción del oído humano, P.325 – 3. Medida del ruido, p.328 - 4. Fuentes, p.329 - A. Clasificación de Alcides Greca, p.329 – B. Clasificación del profesor Guillermo Fuchs, p.329 - 5. El control municipal de los ruidos molestos o nocivos, p.331 - 6. Clasificación de los ruidos nocivos, p.333 – a) Criterio de aceptabilidad de ruidos para un diseño acústico ciudadano de Lara y Fuchs, p.333 – b) Recomendaciones para límites admisibles del nivel de ruidos no superado en más del 10% del tiempo en el interior de edificios, p.334 – c) Nivel máximo de ruidos para diversos vehículos admitidos a escala municipal en Argentina, p.334 – d) Nivel máximo de ruidos permitido para diversos vehículos en distintas ciudades del mundo, p.335 - 7. Estrategias para disminuir o anular los ruidos nocivos, p.335 - 8. El encuadre jurisdiccional, p.339 – Anexos – Modelo de zonificación acústica del profesor Guillermo Fuchs, p.342 - CAPÍTULO XI - TRÁNSITO. LOS FACTORES DEL TRÁNSITO - 1. El tránsito como materia de regulación, p.343 - A. Tránsito, tráfico y transporte, p.343 - B. La regulación jurídica del tránsito en la Argentina, p.346 - C. El tránsito como sistema, p.350 - 2. Los factores del tránsito, p.352 - A. Homo ambulator, p.352 - a) El peatón, p.352 - 1) Consideraciones generales, p.352 - 2) Consideración jurisprudencial del peatón (Selección de fallos vinculados con la tarea de control de tránsito), p.353 - b) El conductor, p.356 - 1) Definición, p.356 – 2) Edades para conducir, p.357 - 3) El nivel mínimo de instrucción requerido, p.358 - 4) La licencia nacional de conducir, p.360 - B. El vehículo, p.366 - a) Definición, p.366 - b) Clasificación, p.366 – 1) Por su modo de propulsión y sus características técnicas, p.367 – 2) Por su utilización, p.369 - c) El vehículo como cosa peligrosa. Crítica, p.370 - 1) La falta de peligrosidad de lo inerte, p.370 - 2) La peligrosidad de lo inicialmente inerte que se pone en movimiento, p.371 - 3) La peligrosidad de lo estáticamente permitido que luego es dinámicamente prohibido, p.376 - C. Vía pública y señalamiento vial, p.380 - a) Vía pública, p.380 - 2) Clasificación (basada en el criterio de la ley nacional 24.449), p.381 - 3) Cuidado de la vía pública (criterio jurisprudencial), p.382 - b) Señalamiento vial, p.382 – 2) Principios fundamentales, p.382 - 3) Responsabilidad por falta o deficiente señalización, p.383 - 4) Publicidad divisable desde el camino, p.386 - CAPÍTULO XII - TRÁNSITO. EL CONTROL DEL TRÁNSITO – 1. Objetivos del control del tránsito, p.391 - A. Enumeración, p.391 - B. Vinculación entre la regulación y el control del tránsito y la protección de la vida y la salud, p.394 - C. Estrategias de protección, p.395 - 2. Las etapas del control, p.396 - 3. Los criterios de control, p.398 - A. Prioridades, p.398 - B. Velocidad y seguridad, p.402 - 4. Los “niveles” jurisdiccionales de regulación, p.404 - 5. Los “niveles” jurisdiccionales de control, p.407 - 6. Los “niveles” jurisdiccionales de juzgamiento, p.409 - A. Interjurisdiccionalidad. Principio de radicación del proceso de conformidad a lo dispuesto por la legislación nacional, p.409 - B. Autoridad revisora en el “control judicial suficiente”, p.410 - 7. Casos específicos, p.411 - A. Detención del conductor, p.411 - a) Regla general, p.411 - b) Casos en que procede, p.411 - B. Retención de la licencia de conducir o de la documentación habilitante para transitar, p.412 - a) Principio general, p.412 - b) Casos en que procede, 413 - C. Retención y/o traslado de vehículos, p.415 - a) Regla general, p.415 - b) Casos en que procede, p.416 – c) Bases para el procedimiento de retención, p.418 - 8. Las transgresiones de tránsito según su gravedad, p.419 - A. El criterio de las leyes 24.449 y 26.363, p.419 - B. Clasificación, p.421 - a) De los peatones, p.421 - b) De los conductores, p.421- 1) Seguridad del tránsito, p.422 - 2) Control del tránsito, p.422 - c) De los vehículos, p.423- 1) Seguridad del tránsito, p.423 - 2) Calidad del entorno ambiental, p.423 - 3) Integridad de los factores del tránsito, p.424 - 4) Control del tránsito, p.424 - d) De la forma de conducir, p.424 - 1) Seguridad del tránsito, p.424 - 2) Fluidez del tránsito, p.426 - 3) Integridad de los factores del tránsito, p.426 - e) Del estacionamiento, p.426 - 1) Seguridad del tránsito, p.426 - 2) Fluidez del tránsito, p.426 - CAPÍTULO XIII - TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS Y TAXIS - 1. Transporte urbano de pasajeros, p.429 - A. Modalidades de prestación, p.432 - B. Habilitación, p.437 - C. Control, p.438 - D. Precio, p.441 - a) Naturaleza jurídica de la retribución, p.441 - b) Responsabilidad del municipio en su determinación, p.442 - c) Criterios de cuantificación, p.442 - d) Modalidades de pago, p.444 - 2. Transporte público de taxi, p.445 - A. Precisiones terminológicas, p.445 - B. Naturaleza jurídica del servicio, p.445 - a) Habilitación, p.447 - b) Modalidades de prestación, p.447 - c) Precio del servicio, p.448 - C. Licencia, p.448 - a) Cantidad de licencias y de taxis. Sistemas, p.449 - b) Naturaleza jurídica, p.450 - c) Vigencia, p.451 - D. Permisionarios, p.451 - E. Sistemas de explotación, p.452 - CAPÍTULO XIV - MORALIDAD PÚBLICA. LA MORAL PÚBLICA - 1. Las acciones privadas, p.457 – A. La diferenciación entre lo público y lo privado, p.457 - B. De lo privado a lo público, p.457 - C. De lo permitido a lo prohibido, p.461 - 2. Lo moral y lo público, p.462 - A. Relaciones, p.462 - B. Nuestra opinión, p.465 - 3. Caracterización de la moral pública, p.466 - A. Criterios, p.466 - a) Criterio de la moral dogmática, p.466 - b) Criterio de la moral del mercado, p.467 - c) Criterio de la moral-ambiente, p.467 - d) Comparación de los criterios, p.468 - B. Nuestra opinión, p.469 - 4. Moral media y hombre medio. Interrogantes y respuestas, p.474 - A. La búsqueda del “hombre/mujer medio/a”, p.475 - B. La definición jurídica del “hombre/mujer medio/a”, p.478 - a) El mercado, p.478 – b) Los jueces, p.479 – c) El órgano representativo-deliberativo, p.480 - d) Nuestra opinión, p.480 - CAPÍTULO XV - MORALIDAD PÚBLICA. CORRUPCIÓN SEXUAL. EMBRIAGUEZ. ADICCIÓN AL JUEGO. MANIFESTACIONES DE CRUELDAD. ENGAÑO A LA BUENA FE – 1. Manifestaciones comprendidas en el control de moralidad pública, p.483 - A. Corrupción sexual, p.483 - a) Caracterización, p.483 – 1) Lo sexual, p.483 - 2) Nuestra opinión, p.485 – b) Prostitución, p.487 - 1) Caracterización, p.487 - 2) Alternativas “puras”, p.488 - 3) Alternativas “impuras”, p.489 - C. Actos que provocan escándalo público(enumeración no taxativa), p.490 - 1) Exhibicionismo y desnudez en público, p.491 - 2) Proferir palabras obscenas en público, p.493 - B. Embriaguez, p.493 - C. Adicción al juego, p.498 - a) La función del juego en la vida del hombre, p.498 - 1) El juego en el niño, p.498 - 2) El juego en el adulto, p.500 - b) Clasificación de los juegos, p.501 - 1) Juegos de azar, p.501 - 2) Juegos de destreza, p.502 - 3) Juegos mixtos, p.502 - c) Pautas de control, p.502 - D. Manifestaciones de crueldad y de engaño a la buena fe, p.504 – a) Malos tratos a los animales, p.504 – b) Adivinación, p.505 – CAPÍTULO XVI – MORALIDAD PÚBLICA. CONTROL DE PUBLICACIONES Y ESPECTACULOS PÚBLICOS - 1. Criterios aplicables a publicaciones y espectáculos, p.507 - A. Del pensamiento a la expresión, p.507 - a) El pensamiento, p.507 - b) La expresión del pensamiento, p.508 - B. Fundamento de la tutela jurídica a la expresión del pensamiento, p.509 - a) Fundamento individual, p.509 - b) Fundamento social, p.510 - c) Fundamentos individual y social de la libertad de expresión y democracia, p.511 - C. Información, conocimiento y expresión, p.512 - D. Sustento normativo, p.513 - E. La censura previa, p.515 - a) Medios amparados en la “no censura previa”, p.515 - 1) La “no censura previa” sólo comprende a la prensa escrita, p.515 - 2) La “no censura previa” comprende a todos los medios posibles de difusión de ideas con la misma intensidad, p.515 - 3) La “no censura previa” comprende a todos los medios posibles de difusión de ideas pero no con la misma intensidad, p.516 - 4) Nuestra opinión, p.518 - b) Excepciones a la “no censura previa”, p.519 - 1) Protección de la infancia y la adolescencia, p.519 - 2) Propaganda belicista y discriminatoria, p.520 - 3) La “advertencia previa”, p.522 c) Destino del material secuestrado, p.522 - 2. Comercio, circulación y exposición de escritos e imágenes pornográficos, p.523 – A. Problemas interpretativos, p.523 – B. censura previa en materia de publicaciones, p.524 – 3. Espectáculos públicos, p.526 - A. Análisis general, p.526 - a) Definición, p.526 - b) Vinculación entre la calificación municipal de los espectáculos públicos y las efectuadas por otras jurisdicciones territoriales, p.528 - 1) Posibilidades, p.528 - 2) Nuestra opinión, p.529 - c) Crítica de ciertas pautas de control en materia de espectáculos públicos, p.531 - 1) La confusión entre “moral” y “sexo”, p.531 - 2) La acentuación del aspecto prohibitivo antes que el preventivo, p.533 - 3) La falta de contextualización temporal-espacial, p.534 - B. Análisis particulares, p.536 - a) Teatro, p.536 - 1) Encuadramiento jurídico-constitucional del teatro, p.536 - 2) Nuestra opinión, p.539 - b) Cine, p.541 - 1) La especificidad del medio fílmico, p.541 - 2) El debate sobre la censura previa en materia cinematográfica, p.543 - 3) Nuestra opinión sobre la censura previa cinematográfica, p.544 - 4) Las sanciones posteriores, p.546 – c) Espectáculos públicos que degradan la condición humana o animal, p.547Tipo de ítem | Ubicación actual | Biblioteca de origen | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Libros | Biblioteca Silvina Ocampo (Junín) | Biblioteca Silvina Ocampo (Junín) Sala de lectura | GENERAL | 352.076(82) R789 T.I (1) (Navegar estantería) | 1 | Disponible | J05595 |
Metodología, p. 9-10
Citas pie de página
METODOLOGÍA – 1. Sobre el sentido en que asume lo municipal, p.9 – 2. Sobre el rol de lo jurídico, p.9 – 3. Sobre el predominio de lo conceptual sobre lo instrumental, p.9 – 4. Sobre la estrategia discursiva del tratado, p.10 – 5. La presente edición, p.10 - PRIMERA PARTE - CARACTERIZACIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA DEL MUNICIPIO – SECCIÓN I – CARACTERIZACIÓN CONCEPTUAL Y JURÍDICA DEL MUNICIPIO - CAPÍTULO I - CARACTERIZACIÓN DEL MUNICIPIO - 1. Ciudad, municipio y municipalidad. Diferencias conceptuales, p.17 - D. De la ciudad a la municipalidad, p.19 - 2. Base territorial, p.21 - A. Naturaleza del municipio, p.21 - B. Proyección de las respuestas precedentes sobre la base territorial del municipio, p.26 - C. Nuestra opinión, p.28 - a) Crítica del sistema “municipio-partido”, p.28 - b) Bases para un sistema de escala humana, p.30 - 1) La ciudad consolidada y su posible crecimiento, p.30 - 2) La participación de los vecinos en las decisiones de territorialidad, p.34 - 3. Base poblacional, p.34 - A. Una antigua preocupación, p.34 - B. Los criterios caracterizantes, p.35 - C. Nuestra opinión, p.38 - 4. Autosuficiencia y vecinalismo, p.42 - A. Crisis de la noción clásica de “autosuficiencia”, p.42 - B. Crisis de la noción clásica de “vecinalismo”, p.44 - C. Proyección de la crisis de las nociones de “autosuficiencia” y “vecinalismo” sobre la caracterización del municipio, p.48 - D. Premunicipalismo, municipalismo y posmunicipalismo en Argentina, p.52 – CAPÍTULO II - NATURALEZA JURÍDICA DEL MUNICIPIO - 1. La vida local entre 1810 y 1853, p.60 - A. El municipio y el Cabildo, p.60 - 2. El municipio en la Constitución Nacional de 1853/60, p.65 - A. Un paso adelante, dos atrás, p.65 - B. Métodos históricos empleados para desentrañar la naturaleza jurídica del municipio argentino a partir del artículo 5º de la Constitución Nacional, p.66 - a) La interpretación, p.66 - 1) Interpretación doctrinal, p.66 - 2) Interpretación jurisprudencial, p.71 - 3) Análisis crítico de la vía interpretativa, p.74 - b) La reglamentación, p.75 - 3. La autonomía en la reforma constitucional de 1994, p.77 - A. Autonomía y autarquía en los prolegómenos de la reforma constitucional, p.77 - a) La diferencia por el origen del poder, p.77 - b) La diferencia por el tipo (cualidad) o el quantum (cantidad) del poder, p.78 - B. La reforma constitucional, p.79 - C. Nuestra interpretación del artículo 123 de la Constitución Nacional, p.81 - a) Concepto de autonomía. Precisiones conceptuales, p.81 - b) Contenidos de la autonomía, p.86 - 1) Autonormatividad constituyente, p.86 - 2) Autocefalía, p.88 - 3) Autarcía o autarquía, p.89 - 4) Materia propia, p.91 - 5) Garantías de funcionamiento y autodeterminación, p.93 - D. Los matices (alcance de los contenidos) de la autonomía en las provincias, p.93 - a) Grados de autonormatividad constituyente, p.93 - b) Grados de autofalecia o autocefalía, p.96 - c) Grados de autarquía, p.97 - d) Grados de materia propia, p.98 - e) Grados de autodeterminación política y funcional, p.100 - 4. Jurisprudencia relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación luego de la reforma constitucional de 1994 en materia de autonomía municipal, p.102 - SEGUNDA PARTE EL MUNICIPIO EN EL MARCO DE OTRAS INSTANCIAS DE DECISIÓN TERRITORIAL - CAPÍTULO III – MUNICIPIO Y FEDERALISMO - 1. Caracterización del federalismo, p.113 – A. La descentralización, p.113 – B. El poder como materia de descentralización, p.115 – C. La territorialidad como expresión física de la descentralización p.116 – D. El grado o nivel de descentralización propio del federalismo, p.117 – 2. Génesis del federalismo, p.118 – A. El federalismo como técnica, p.118 – B. El federalismo como ideario, p.120 – C. El federalismo: ¿técnica o ideario?, p.121 – 3. Causas del federalismo argentino, p.128 – A. Interpretación materialista, p.128 – B. Interpretación geográfica, p.129 – C. Interpretación imitativa, p.129 – D. Interpretación genética, p.130 – E. Interpretación pluralista, p.131 4. Federalismo y confederación de Estados, p.132 – A. Diferencias conceptuales, p.132 – B. Nuestra opinión sobre el status preconstitucional patrio, p.134 – 5. Federalismo y municipio, p.138 - CAPÍTULO IV – MUNICIPIO Y RELIGIÓN – 1. Caracterización de la región, p.141 – a) Criterio geográfico, p.142 – b) Criterio económico, p.143 – c) Criterio sociológico, p.143 – d) Criterio jurídico, p.144 – B. Valores de los criterios, p.145 – 2. Status constitucional de la región en Argentina, p.147 – 3. El municipio y la región, p.150 – A. Incidencia de la región sobre el municipio. “La actividad regional preponderante”, p.150 – a) Incidencia funcional, p.150 - b) Incidencia sociológica, p.150 – B. Incidencia del municipio sobre la región, p.151 – a) El municipio como “polo de desarrollo”, p.151 – b) Las “regiones intermunicipales”, p.153 – 1) Las regiones intermunicipales asimétricas (regiones metropolitanas), p.153 – 2. Las regiones intermunicipales (relativamente) simétricas, p.1157 – Apéndice – Clasificación de los centros urbanos en función de su grado de incidencia regional, p.158 – SEGUNDA PARTE – COMPETENCIA DEL MUNICIPIO – CAPÍTULO V – COMPETENCIA. CRITERIOS DE RECONOCIMIENTO – 1. Competencia material, p.164 – A) Criterios de determinación, p.164 – a) Según el principio fundante, p.164 – 1) Criterio esencialista o natural, p.165 – 2) Criterio histórico, p.165 – 3) Criterio racional, p.166 – b) Según la explicitación del Criterio fundante, p.167 – 1) Criterio residual, p.167 – 2) Enumeración taxativa, p.168 – 3) Determinación enunciativa, p.169 – c) Según la jerarquía de la norma explicitadora, p.169 – 1) Nivel constitucional, p.169 – 2) Nivel legal, p.169 – 3) Nivel constituyente municipal, p.170 – d) Nuestra opinión, p.170 – 1) Capacidad y competencia, p.170 – 2) Los poderes implícitos del Estado, p.173 – 3) Ponderación de los diferentes criterios de asignación de competencia, p.175 – B. Clasificación de los contenidos de la competencia material del municipio según la doctrina nacional, p.177 – a) Doctrina nacional, p.177 – b) Doctrina extranjera, p.183 – c) Clasificación que se deduce del texto comparado de las Constituciones provinciales argentinas, p.186 – A. El tema en la Constitución originaria de 1853/60, p.188 - b) Los criterios interpretativos, p.189 – 1) Tesis extensiva o exclusivista de la Nación, p.189 – 2) Tesis restrictiva o de las competencias concurrentes, p.191 – 3) Los criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación hasta la reforma constitucional de 1994, p.193 – B. La reforma constitucional de 1994, p.198 – CAPÍTULO VI - PLANEAMIENTO. PLANEAMIENTO TERRITORIAL - 1. Planeamiento supramunicipal y planeamiento municipal, p.201 - A. Planeamiento a escala supramunicipal, p.201 - B. Planeamiento a escala municipal, p.204 - 2. El planeamiento territorial como competencia del municipio, p.205 - 3. Cuestiones relevantes del planeamiento territorial municipal, p.209 - C. Temas relevantes del planeamiento territorial, p.211 - a) Clasificación del territorio, p.212 - 1) Clasificación general, p.212 - 2) Clasificación del suelo urbano, p.214 - b) Zonificación, p.216 - 2) Pautas orientadoras, p.218 - 3) Criterios de zonificación según usos, p.219 – c) Programación vial, p.221 – 1) Señalamiento vial, p.222 – 2) Infraestructura vial y tránsito peatonal, p.225 – 3) Estacionamiento de rodados, p.229 - D. Criterios para la optimización del planeamiento territorial, p.232 – CAPÍTULO VII - PLANEAMIENTO. PLANEAMIENTO ESTATAL Y PROPIEDAD PRIVADA - 2. Los principios rectores, p.239 - A. Caracterización, p.239 - B. Proyección sobre el planeamiento, p.241 – a) Standard de “aprovechamiento medio”, p.242 – b) Pauta de “distribución equitativa de cargas y beneficios”, p.245 – 2) Funcionamiento de la pauta de “distribución equitativa de cargas y beneficios” en materia de zonificación según usos, p.247 - c) Derecho de indemnización sustitutiva, p.250 – 1) Criterio general, p.250 - 2) Restricciones administrativas impuestas por el urbanismo no sujetas a indemnización, p.252 - 3) Zonificación, p.253 – 4) Loteo, p.256 - 5) Modificación de las condiciones de la calzada. Incidencia sobre propietarios fronteros, p.257 - 6) Expropiación urbanística (criterios indemnizatorios), p.257 – 3. Normas municipales de edificación y propiedad privada, p.259 - CAPÍTULO VIII - LA TUTELA DEL MEDIO AMBIENTE EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL ARGENTINA - 1. La percepción antropológica del ambiente, p.265- 2. El bien jurídico constitucionalmente protegido, p.267 - 3. La pretensión ambiental. Naturaleza jurídica, p.269 - 4. Conceptos ambientales fundamentales consagrados constitucionalmente, p.271 – A. Principios referidos al funcionamiento de la naturaleza, p.271 - B. Criterios de aprovechamiento, p.275 - a) Uso racional de los recursos, p.275 - b) Desarrollo sustentable, p.276 - C. Criterios de actuación, p.278 - a) Principios de precaución y de prevención, p.278 - b) Concientización ambiental, p.279 - 5. El daño ambiental, p.280 - A. Caracterización, p.280 a) El daño “irrelevante”, p.281- b) La alteración “positiva”, p.282 - c) La incidencia “no colectiva”, p.283- B. La recomposición, p.284 - a) ¿Qué significa recomponer?, p.284 - b) ¿Es una opción o una obligación?, p.284 - c) ¿Quién debe recomponer?, p.286 - C. La indemnización “sustitutiva”, p.286- 6. La responsabilidad del Estado por la falta de previsión, prevención o precaución en materia ambiental, p.287 – A. Los acontecimientos, p.287 - B. Las actitudes frente a los acontecimientos, p.289 - a) Previsión (lo que va a ocurrir), p.289 - b) Prevención (lo que puede o no puede ocurrir), p.289 - c) Precaución (frente al desconocimiento de lo que puede o no puede ocurrir), p.289 - C. Responsabilidad frente a las hipótesis de falta de previsión, prevención o precaución en materia ambiental, p.290 - a) Falta de previsión, p.290 - b) Falta de prevención, p.291 - c) Precaución, p.292 - D. Técnicas estatales de previsión, prevención y precaución, p.293 – a) El presupuesto como instrumento de previsión, p.293 – b) El planeamiento estratégico como instrumento de prevención, p.295 – c) Instrumentos de precaución, p.296 – Anexo – Clasificación de los recursos naturales, p.297 - CAPÍTULO IX - MEDIO AMBIENTE. COMPETENCIA EN MATERIA DE PRESERVACIÓN AMBIENTAL EN EL ESTADO FEDERAL ARGENTINO (ESTADO NACIONAL, PROVINCIAS, MUNICIPIOS) – 1. El sistema constitucional de distribución de competencias. El caso ambiental, p.300 – A. Norma general de reparto y criterio de solución de conflictos, p.300 – B. Distintos niveles de competencia en relación con temas ambientales, p.303 - 2. Los “niveles” de protección, p.307 - A. La determinación de los presupuestos mínimos de protección por parte del gobierno nacional, p.307 - a) ¿Quién debe establecer los “presupuestos mínimos de protección”?, p.307 - b) ¿Qué contenidos involucran los presupuestos mínimos de protección?, p.308 - c) ¿Puede el gobierno nacional establecer presupuestos mínimos de protección diferentes para distintas provincias?, p.310 - B. Competencia judicial respecto de las cuestiones suscitadas por aplicación de las normas sobre “presupuestos mínimos” de protección, p.311- C. La política ambiental provincial y su relación con el Estado Nacional y el Derecho Internacional, p.313 - a) ¿Pueden las provincias discutir los “presupuestos mínimos de protección” establecidos por el Congreso?, p.313 – b) ¿Pueden discutirse los “presupuestos complementarios de protección” establecidos por las provincias?, p.313 - c) ¿Pueden las provincias celebrar convenios internacionales en materia ambiental?, p.314 - d) Las actividades lícitas (según el Derecho interno) de las provincias en materia ambiental que generan consecuencias negativas en el exterior del país, p.316 - D. El rol de los municipios en la regulación y control ambientales, p.317 - 3. El dominio originario de los recursos naturales, p.317- 4. Bases para la preservación ambiental en el Estado federal argentino. Rol del Estado nacional, las provincias, los municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, p.320 - A. Presupuestos, p.320 - B. Compatibilización de las lógicas territoriales de la protección ambiental y el federalismo, p.321 - C. Protección ambiental y federalismo a partir del texto constitucional, p.322 - CAPÍTULO X- MEDIO AMBIENTE. CONTAMINACIÓN SONORA. RUIDOS MOLESTOS O NOCIVOS. 2. Capacidad de percepción del oído humano, P.325 – 3. Medida del ruido, p.328 - 4. Fuentes, p.329 - A. Clasificación de Alcides Greca, p.329 – B. Clasificación del profesor Guillermo Fuchs, p.329 - 5. El control municipal de los ruidos molestos o nocivos, p.331 - 6. Clasificación de los ruidos nocivos, p.333 – a) Criterio de aceptabilidad de ruidos para un diseño acústico ciudadano de Lara y Fuchs, p.333 – b) Recomendaciones para límites admisibles del nivel de ruidos no superado en más del 10% del tiempo en el interior de edificios, p.334 – c) Nivel máximo de ruidos para diversos vehículos admitidos a escala municipal en Argentina, p.334 – d) Nivel máximo de ruidos permitido para diversos vehículos en distintas ciudades del mundo, p.335 - 7. Estrategias para disminuir o anular los ruidos nocivos, p.335 - 8. El encuadre jurisdiccional, p.339 – Anexos – Modelo de zonificación acústica del profesor Guillermo Fuchs, p.342 - CAPÍTULO XI - TRÁNSITO. LOS FACTORES DEL TRÁNSITO - 1. El tránsito como materia de regulación, p.343 - A. Tránsito, tráfico y transporte, p.343 - B. La regulación jurídica del tránsito en la Argentina, p.346 - C. El tránsito como sistema, p.350 - 2. Los factores del tránsito, p.352 - A. Homo ambulator, p.352 - a) El peatón, p.352 - 1) Consideraciones generales, p.352 - 2) Consideración jurisprudencial del peatón (Selección de fallos vinculados con la tarea de control de tránsito), p.353 - b) El conductor, p.356 - 1) Definición, p.356 – 2) Edades para conducir, p.357 - 3) El nivel mínimo de instrucción requerido, p.358 - 4) La licencia nacional de conducir, p.360 - B. El vehículo, p.366 - a) Definición, p.366 - b) Clasificación, p.366 – 1) Por su modo de propulsión y sus características técnicas, p.367 – 2) Por su utilización, p.369 - c) El vehículo como cosa peligrosa. Crítica, p.370 - 1) La falta de peligrosidad de lo inerte, p.370 - 2) La peligrosidad de lo inicialmente inerte que se pone en movimiento, p.371 - 3) La peligrosidad de lo estáticamente permitido que luego es dinámicamente prohibido, p.376 - C. Vía pública y señalamiento vial, p.380 - a) Vía pública, p.380 - 2) Clasificación (basada en el criterio de la ley nacional 24.449), p.381 - 3) Cuidado de la vía pública (criterio jurisprudencial), p.382 - b) Señalamiento vial, p.382 – 2) Principios fundamentales, p.382 - 3) Responsabilidad por falta o deficiente señalización, p.383 - 4) Publicidad divisable desde el camino, p.386 - CAPÍTULO XII - TRÁNSITO. EL CONTROL DEL TRÁNSITO – 1. Objetivos del control del tránsito, p.391 - A. Enumeración, p.391 - B. Vinculación entre la regulación y el control del tránsito y la protección de la vida y la salud, p.394 - C. Estrategias de protección, p.395 - 2. Las etapas del control, p.396 - 3. Los criterios de control, p.398 - A. Prioridades, p.398 - B. Velocidad y seguridad, p.402 - 4. Los “niveles” jurisdiccionales de regulación, p.404 - 5. Los “niveles” jurisdiccionales de control, p.407 - 6. Los “niveles” jurisdiccionales de juzgamiento, p.409 - A. Interjurisdiccionalidad. Principio de radicación del proceso de conformidad a lo dispuesto por la legislación nacional, p.409 - B. Autoridad revisora en el “control judicial suficiente”, p.410 - 7. Casos específicos, p.411 - A. Detención del conductor, p.411 - a) Regla general, p.411 - b) Casos en que procede, p.411 - B. Retención de la licencia de conducir o de la documentación habilitante para transitar, p.412 - a) Principio general, p.412 - b) Casos en que procede, 413 - C. Retención y/o traslado de vehículos, p.415 - a) Regla general, p.415 - b) Casos en que procede, p.416 – c) Bases para el procedimiento de retención, p.418 - 8. Las transgresiones de tránsito según su gravedad, p.419 - A. El criterio de las leyes 24.449 y 26.363, p.419 - B. Clasificación, p.421 - a) De los peatones, p.421 - b) De los conductores, p.421- 1) Seguridad del tránsito, p.422 - 2) Control del tránsito, p.422 - c) De los vehículos, p.423- 1) Seguridad del tránsito, p.423 - 2) Calidad del entorno ambiental, p.423 - 3) Integridad de los factores del tránsito, p.424 - 4) Control del tránsito, p.424 - d) De la forma de conducir, p.424 - 1) Seguridad del tránsito, p.424 - 2) Fluidez del tránsito, p.426 - 3) Integridad de los factores del tránsito, p.426 - e) Del estacionamiento, p.426 - 1) Seguridad del tránsito, p.426 - 2) Fluidez del tránsito, p.426 - CAPÍTULO XIII - TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS Y TAXIS - 1. Transporte urbano de pasajeros, p.429 - A. Modalidades de prestación, p.432 - B. Habilitación, p.437 - C. Control, p.438 - D. Precio, p.441 - a) Naturaleza jurídica de la retribución, p.441 - b) Responsabilidad del municipio en su determinación, p.442 - c) Criterios de cuantificación, p.442 - d) Modalidades de pago, p.444 - 2. Transporte público de taxi, p.445 - A. Precisiones terminológicas, p.445 - B. Naturaleza jurídica del servicio, p.445 - a) Habilitación, p.447 - b) Modalidades de prestación, p.447 - c) Precio del servicio, p.448 - C. Licencia, p.448 - a) Cantidad de licencias y de taxis. Sistemas, p.449 - b) Naturaleza jurídica, p.450 - c) Vigencia, p.451 - D. Permisionarios, p.451 - E. Sistemas de explotación, p.452 - CAPÍTULO XIV - MORALIDAD PÚBLICA. LA MORAL PÚBLICA - 1. Las acciones privadas, p.457 – A. La diferenciación entre lo público y lo privado, p.457 - B. De lo privado a lo público, p.457 - C. De lo permitido a lo prohibido, p.461 - 2. Lo moral y lo público, p.462 - A. Relaciones, p.462 - B. Nuestra opinión, p.465 - 3. Caracterización de la moral pública, p.466 - A. Criterios, p.466 - a) Criterio de la moral dogmática, p.466 - b) Criterio de la moral del mercado, p.467 - c) Criterio de la moral-ambiente, p.467 - d) Comparación de los criterios, p.468 - B. Nuestra opinión, p.469 - 4. Moral media y hombre medio. Interrogantes y respuestas, p.474 - A. La búsqueda del “hombre/mujer medio/a”, p.475 - B. La definición jurídica del “hombre/mujer medio/a”, p.478 - a) El mercado, p.478 – b) Los jueces, p.479 – c) El órgano representativo-deliberativo, p.480 - d) Nuestra opinión, p.480 - CAPÍTULO XV - MORALIDAD PÚBLICA. CORRUPCIÓN SEXUAL. EMBRIAGUEZ. ADICCIÓN AL JUEGO. MANIFESTACIONES DE CRUELDAD. ENGAÑO A LA BUENA FE – 1. Manifestaciones comprendidas en el control de moralidad pública, p.483 - A. Corrupción sexual, p.483 - a) Caracterización, p.483 – 1) Lo sexual, p.483 - 2) Nuestra opinión, p.485 – b) Prostitución, p.487 - 1) Caracterización, p.487 - 2) Alternativas “puras”, p.488 - 3) Alternativas “impuras”, p.489 - C. Actos que provocan escándalo público(enumeración no taxativa), p.490 - 1) Exhibicionismo y desnudez en público, p.491 - 2) Proferir palabras obscenas en público, p.493 - B. Embriaguez, p.493 - C. Adicción al juego, p.498 - a) La función del juego en la vida del hombre, p.498 - 1) El juego en el niño, p.498 - 2) El juego en el adulto, p.500 - b) Clasificación de los juegos, p.501 - 1) Juegos de azar, p.501 - 2) Juegos de destreza, p.502 - 3) Juegos mixtos, p.502 - c) Pautas de control, p.502 - D. Manifestaciones de crueldad y de engaño a la buena fe, p.504 – a) Malos tratos a los animales, p.504 – b) Adivinación, p.505 – CAPÍTULO XVI – MORALIDAD PÚBLICA. CONTROL DE PUBLICACIONES Y ESPECTACULOS PÚBLICOS - 1. Criterios aplicables a publicaciones y espectáculos, p.507 - A. Del pensamiento a la expresión, p.507 - a) El pensamiento, p.507 - b) La expresión del pensamiento, p.508 - B. Fundamento de la tutela jurídica a la expresión del pensamiento, p.509 - a) Fundamento individual, p.509 - b) Fundamento social, p.510 - c) Fundamentos individual y social de la libertad de expresión y democracia, p.511 - C. Información, conocimiento y expresión, p.512 - D. Sustento normativo, p.513 - E. La censura previa, p.515 - a) Medios amparados en la “no censura previa”, p.515 - 1) La “no censura previa” sólo comprende a la prensa escrita, p.515 - 2) La “no censura previa” comprende a todos los medios posibles de difusión de ideas con la misma intensidad, p.515 - 3) La “no censura previa” comprende a todos los medios posibles de difusión de ideas pero no con la misma intensidad, p.516 - 4) Nuestra opinión, p.518 - b) Excepciones a la “no censura previa”, p.519 - 1) Protección de la infancia y la adolescencia, p.519 - 2) Propaganda belicista y discriminatoria, p.520 - 3) La “advertencia previa”, p.522 c) Destino del material secuestrado, p.522 - 2. Comercio, circulación y exposición de escritos e imágenes pornográficos, p.523 – A. Problemas interpretativos, p.523 – B. censura previa en materia de publicaciones, p.524 – 3. Espectáculos públicos, p.526 - A. Análisis general, p.526 - a) Definición, p.526 - b) Vinculación entre la calificación municipal de los espectáculos públicos y las efectuadas por otras jurisdicciones territoriales, p.528 - 1) Posibilidades, p.528 - 2) Nuestra opinión, p.529 - c) Crítica de ciertas pautas de control en materia de espectáculos públicos, p.531 - 1) La confusión entre “moral” y “sexo”, p.531 - 2) La acentuación del aspecto prohibitivo antes que el preventivo, p.533 - 3) La falta de contextualización temporal-espacial, p.534 - B. Análisis particulares, p.536 - a) Teatro, p.536 - 1) Encuadramiento jurídico-constitucional del teatro, p.536 - 2) Nuestra opinión, p.539 - b) Cine, p.541 - 1) La especificidad del medio fílmico, p.541 - 2) El debate sobre la censura previa en materia cinematográfica, p.543 - 3) Nuestra opinión sobre la censura previa cinematográfica, p.544 - 4) Las sanciones posteriores, p.546 – c) Espectáculos públicos que degradan la condición humana o animal, p.547
Estudiantes de derecho
Obra distinguida con el Premio Nacional de Derecho y Ciencias Políticas otorgado por la Secretaría de Cultura de la Nación
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