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Tratado de Derecho penal parte general Carlos Fontán Balestra Tomo I

Por: Fontán Balestra, Carlos, 1910-1976 [Autor].
Tipo de material: materialTypeLabelLibroEditor: Buenos Aires Abeledo-Perrot 1990Edición: segunda edición, tercera reimpresión corregida y actualizada.Descripción: 7 volúmenes (525, 539, 563, 580, 633, 521, 702 páginas) 23 cm.Tipo de contenido: texto Tipo de medio: sin mediación Tipo de portador: volumenISBN: 9502005641; 9502000676 .Tema(s): DERECHO PENAL -- Argentina | RETRIBUTIVISMO | SISTEMAS PENALES | INTERPRETACIÓN DE LA LEY | VALIDEZ DE LA LEY | INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY | EXTRADICIÓN | HISTORIA DEL DERECHO | DERECHO | FUENTES DEL DERECHO | ACCIÓN | RELACIÓN DE CAUSALIDAD | PENA | LEY PENAL | DELITOS | TEORÍA DEL DELITO | SUJETO PASIVO | TIPO PENAL | CLASIFICACIÓN DE DELITOSResumen: INTRODUCCIÓN - §1 EL DERECHO PENAL, p.27 – I. Denominaciones - II. Contenido – III. Naturales jurídicas – IV. Derecho penal subjetivo y objetivo – V. Ramas del Derecho penal objetivo – 1. Material y formal – 2. Derecho de ejecución penal - §2 EL DERECHO PENAL SUSTANTIVO, p.39 – I. Definiciones – 1. Las distintas definiciones – 2. La amenaza de pena – 3. Las escuelas intermedias - II. Caracteres del Derecho penal sustantivo – 1. La naturaleza normativa – 2. La naturaleza valorativa – 3. El Derecho penal es finalista – 4. Función de garantía – 5. El Derecho penal es una rama del Derecho público – 6. La llamada naturaleza sancionada del Derecho penal – 7. El Derecho penal es constitutivo y sancionador - III. Los destinatarios de las normas penales – A. los destinatarios: Estado, Juez y pueblo – B. Los incapaces - IV. El método – 1. Método jurídico – 2. El método teleológico - V. Elementos - §3 RAMAS DEL DERECHO PENAL SUSTANTIVO, p.61 – I. Derecho penal disciplinario – II. Derecho penal administrativo – III. Derecho penal militar – IV. Derecho penal fiscal - §4 LA LLAMADA ENCICLOPEDIA CRIMINOLÓGICA, p.79 – I. Contenido – II. La criminología - §5 RESEÑA HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL, p.92 – I. Época primitiva – 1. La mentalidad primitiva – 2. La prohibición: el tabú – 3. La venganza privada – 4. El talión – 5. La composición – 6. Evolución posterior - II. Edad antigua – 1. Derecho oriental- 1. China – 2. Persia – 3. Asiria – 4. India – 2. Derecho hebreo – 3. Derecho griego – 4. Derecho romano - III. Edad media – 1. Derecho germánico – 2. Derecho canónico – 3. Los glosadores y los prácticos – 4. Derecho hispánico - IV. Edad moderna – 1. La recepción en Alemania. La Carolina y las ordenanzas imperiales – 2. El humanismo - V. Las escuelas penales – 1. La escuela clásica – 2. La escuela positiva – 3. El neopositivismo – 3.bis las escuelas intermedias – 4. La escuela correccionalista – 5. El tecnicismo jurídico – 6. Las escuelas en la legislación - VI. La codificación en América latina - §5A SÍNTESIS DEL DESENVOLVIMIENTO LEGISLATIVO ARGENTINO, p.153 – I. Época de la colonia – II. Época de la independencia hasta el Proyecto de Tejedor – III. La codificación – 1. El Proyecto Tejedor – 2. El Proyecto Villegas, Ugarriza y García – 3. El Código de 1886 – 4. El Proyecto de 1891 – 5. El Proyecto de 1906 - IV. El Código 1921 – V. Proyectos de reforma – 1. El Proyecto de 1937 – 2. El Proyecto de 1941 – 3. El Proyecto de 1951 – 4. El Proyecto de 1960 - VI. Principales normas penales – LA RELACIÓN DELITO-PENA - §6 LOS ESTREMOS DE LA RELACIÓN, p.181 - §7 EL IUS PUNIENDI, p.185 – 1. Naturaleza – 2. Limitación – 3. Negación – 4. Conclusiones - §8 FUNDAMENTO DEL DERECHO DE REPRIMIR, p.194 – 1. Teorías retributivas – 2. Critica – 3. Teorías intimidatorias o de prevención – 4. Teoría correccionalista – 5. Teoría de defensa - §9 LA REPRESIÓN FACULTAD DE ESTADO, p.203 – 1. Teorías contractualistas – 2. Teorías organicistas – 3. Teorías jurídicas - §10 LA RESPONSABILIDAD PENAL: DOCTRINAS, p.209 – 1. Impunidad moral – 2. Responsabilidad social – 3. Teorías intermedias – 4. Doctrina de la peligrosidad – PARTE PRIMERA – TEORÍA DE LA LEY PENAL - §11 FUENTES DEL DERECHO PENAL, p.221 – 1. Terminología – 2. Fuentes de producción – 3. Limitación: delitos de imprenta – 4. Fuente de cognición: la ley – 5. Caracteres de la ley penal – 6. Nullum crimen sine lege – 7. Nulla poena sine lege – 8. Leyes penales en blanco – 10. La costumbre – 11. La jurisprudencia – 12. La doctrina - §12 INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL, p.235 – I. Concepto – II. Clases de interpretación – III. Reglas que rigen la interpretación – IV. El llamado curo de leyes – V. Los llamados acto co-penales y el delito progresivo – VI. La analogía - §13 VALIDEZ ESPACIAL DE LA LEY PENAL, p.263 – I. Concepto – II. Principio que determinan la validez espacial de la ley penal – 1. Principio de la territorialidad o territorial – 2. Principio de la personalidad o de la nacionalidad – 3. Principio real o de defensa – 4. Principio de la justicia mundial o de la universalidad – III. Principios contenidos en la ley penal – A. Territorialidad de la ley penal - 1. La extensión de tierra – 2. El mar territorial – 3. Delitos cometidos en construcciones flotantes – 4. El espacio aéreo – 5. Delitos cometidos en aeronaves – 6. Las sedes de las embajadas o legaciones – B. Penalidad basada en el principio de defensa – IV. Lugar del delito – 1. La doctrina de la iniciación del acto – 2. La doctrina del resultado final – 3. La teoría de la unidad o equivalencia – 4. La legislación argentina - §14 EXTRADICIÓN DE DELINCUENTES, p.285 – I. Concepto y fundamentación – II. Legislación argentina – 1. Los tratados de extradición suscriptos por la Argentina – 2. El Tratado de Montevideo de 1889 – 3. El Tratado de Montevideo de 1933 – 4. Principales diferencias entre los Tratados de Montevideo de 1889 y de 1933 - 5. Excepción en favor de delitos políticos y conexos con políticos – 6. Excepción en favor de los nacionales – 7. La ley 1612 – 8. El Código del procedimiento en lo criminal – 9. La jurisprudencia - §15 VALIDEZ TEMPORAL DE LA LEY PENAL, p.297 – 1. El principio general: irretroactividad de las leyes – 2. Retroactividad y ultraactividad de la ley penal más benigna – 3. El Código penal argentino – 4. Determinación de la ley más benigna – 5. La ley intermedia – 6. Las leyes interpretativas y de fe de erratas – 7. Las medidas de seguridad y educativas – 8. Norma más favorable. Ley no penal – 9. Ley temporaria y excepcional – 9bis. Los decretos-leyes – 10. Tiempo del delito - §16 APLIACIONES DE LA LEY PENAL CON RESPECTO A CIERTAS PERSONAS Y A CIERTOS ACTOS, p.315 – 1. El principio general – 2. Casos que deben distinguirse – 3. Las opciones parlamentarias – 4. Los representantes extranjeros – PARTE SEGUNDA – EL DELITO - §17 DEFINICIÓN Y TEORÍA DEL DELITO, p.325 – I. Las distintas definiciones – II. El delito como ente jurídico – III. El delito como fenómeno natural y como hecho social – IV. Las definiciones dogmáticas – 1. Significación – 2. La definición de Von Liszt - 3. La primera definición de Ernest von Beling – 4. Doctrina de Ernest von Beling – 5. Definición y doctrina de Max Ernst Mayer – 6. Segunda definición y doctrina de Ernest von Beling – 7. Definición y doctrina de Edmundo Mezger – 8. Nueva doctrina de Mezger – V. Síntesis de la evolución de la teoría del delito - §18 LA DEFINICIÓN DEL DELITO EN EL DERECHO ARGENTINO, p.357 – I. Adaptación dogmática – 1. Ausencias de definición legal – 2. Definición adecuada – II. Razones de la elección – 1. El delito es esencialmente acción – 2. La tipicidad cualifica los demás elementos del delito – 3. La amenaza de pena – 4. Las condiciones de punibilidad - §19 LA ACCIÓN ATRIBUIBLE, p.371 – §20 SUJETO PASIVO Y OBJETOS DEL DELITO, p.379 – I. Sujeto pasivo del delito – 1. Concepto – 2. Quienes pueden ser sujeto pasivo del delito – 3. Quienes no pueden serlo – II. Objetos del delito – A. Objeto material – 1. Noción – 2. Objeto materia y “corpus criminis” – 3. Falta de objeto material - B. Objeto jurídico – 1. Noción – 2. Derecho subjetivo u objetivo - §21 CLASIFICACIONES DE LAS INFRACCIONES PUNIBLES, p.389 – I. Según la gravedad – 1. Bipartición y tripartición – 2. La terminología de la Constitución Nacional – 3. Delitos y contravenciones – 4. El ordenamiento jurídico como único criterio valido – 5. El Derecho positivo argentino – II. Delitos políticos y conexos – 1. Distinción por su naturaleza intrínseca – 2. Criterios de distinción – 3. Los delitos conexos – 4 la legislación argentina – 5. En la extradición – 6. En las leyes de amnistía – 7. La jurisprudencia – III. Otras clasificaciones – EL DELITO COMO ACCIÓN - §22 LA ACCIÓN, p.417 – I. Concepto – 1. La acción como sustrato material del delito- 2. Limitaciones que resultan de definir el delito como acción – 3. La acción, en lo material, supone, al menos, una actitud corporal – 4. Denominaciones – 5. La acción solo es humana – II. Elementos de la acción – 10. Manifestación de voluntad – 2. La acción comprende también el resultado – III. La acción y el resultado – 1. Importancia del problema según la modalidad de la acción típica – 2. El conocimiento del curso causal – 3. El concepto unitario de causa- 4. Limitación jurídica – 5. Definición de la acción – 6. El dominio de la acción propiamente dicha – 7. Culpabilidad respecto al resultado – 8. Efectos respecto al error – IV. La teoría de la acción finalista - §23 LA RELACIÓN CAUSAL (TEORIAS), p.443 – I. Las teorías en la comisión – 1. Teoría de la equivalencia de las condiciones (Aequivalentz theorie) – 2. La llamada formula mejorada de la teoría de la equivalencia – 3. Teoría de la causa eficaz – 4. Teoría de Binding – 5. Teoría de la causalidad adecuada – 6. Teoría de la relevancia de la acción – 7. Teoría de Belling o de la causa típica – 8. El criterio preferible – 9. Las llamadas concausas – 10. La verdadera “concurrencia causal” – II. La causalidad en la omisión – 1. Teoría de la acción precedente – 2. Teoría de la acción esperada – 3. Teoría de la obligación – III. La causalidad en los delitos preterintencionales - §24 LA AUSENCIA DE ACCIÓN, p.465 – 1. Sistematización – 2. Situaciones comprendidas – 3. La fuerza física irresistible (vis absoluta) – 4. El uso de medios hipnóticos o narcóticos – 5. Los movimientos reflejos – 6. Los estados fisiológicos que impiden o anulan la capacidad de movimiento - 7. Los estados de inconciencia – 8. Los procesos regulados por la parte del sistema nervioso que rige la vía vegetativa – 9. Cumplimiento de una orden jerárquica – 10 fundamentación legal - 11. Importancia de la distinción - §25 CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS POR LAS MODALIDADES DE LA ACCIÓN, p.475 – I. Formas de la acción: Comisión, omisión y comisión por omisión – 1. Comisión y omisión – 2. Comisión por omisión – 3. Resultado típico y dualidad de acción – 4. Modalidades en relación con la previsión legal – II. Tiempo de la acción: Delitos instantáneos y permanentes o continuos – 1. Delito instantáneo – 2. Delito permanente – III. Problemas vinculados al tiempo de la acción – 1. Ley aplicable – 2. En relación con la impunidad – 3. Con respecto a la antijurídica y la justificación – 4. En la participación – 5. La prescripción – IV. Por el resultado: materiales formales; de daño y de peligro; de pura actividad – 1. Materiales y formales – 2. De daño y de peligro – 3. Peligro real y potencial – 4. Peligro común y peligro particular – 5. Relación de las clasificaciones – 6. La tentativa en los delitos formales – Índice bibliográfico, p.499
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Bibliografía, p.499-525

INTRODUCCIÓN - §1 EL DERECHO PENAL, p.27 – I. Denominaciones - II. Contenido – III. Naturales jurídicas – IV. Derecho penal subjetivo y objetivo – V. Ramas del Derecho penal objetivo – 1. Material y formal – 2. Derecho de ejecución penal - §2 EL DERECHO PENAL SUSTANTIVO, p.39 – I. Definiciones – 1. Las distintas definiciones – 2. La amenaza de pena – 3. Las escuelas intermedias - II. Caracteres del Derecho penal sustantivo – 1. La naturaleza normativa – 2. La naturaleza valorativa – 3. El Derecho penal es finalista – 4. Función de garantía – 5. El Derecho penal es una rama del Derecho público – 6. La llamada naturaleza sancionada del Derecho penal – 7. El Derecho penal es constitutivo y sancionador - III. Los destinatarios de las normas penales – A. los destinatarios: Estado, Juez y pueblo – B. Los incapaces - IV. El método – 1. Método jurídico – 2. El método teleológico - V. Elementos - §3 RAMAS DEL DERECHO PENAL SUSTANTIVO, p.61 – I. Derecho penal disciplinario – II. Derecho penal administrativo – III. Derecho penal militar – IV. Derecho penal fiscal - §4 LA LLAMADA ENCICLOPEDIA CRIMINOLÓGICA, p.79 – I. Contenido – II. La criminología - §5 RESEÑA HISTÓRICA DEL DERECHO PENAL, p.92 – I. Época primitiva – 1. La mentalidad primitiva – 2. La prohibición: el tabú – 3. La venganza privada – 4. El talión – 5. La composición – 6. Evolución posterior - II. Edad antigua – 1. Derecho oriental- 1. China – 2. Persia – 3. Asiria – 4. India – 2. Derecho hebreo – 3. Derecho griego – 4. Derecho romano - III. Edad media – 1. Derecho germánico – 2. Derecho canónico – 3. Los glosadores y los prácticos – 4. Derecho hispánico - IV. Edad moderna – 1. La recepción en Alemania. La Carolina y las ordenanzas imperiales – 2. El humanismo - V. Las escuelas penales – 1. La escuela clásica – 2. La escuela positiva – 3. El neopositivismo – 3.bis las escuelas intermedias – 4. La escuela correccionalista – 5. El tecnicismo jurídico – 6. Las escuelas en la legislación - VI. La codificación en América latina - §5A SÍNTESIS DEL DESENVOLVIMIENTO LEGISLATIVO ARGENTINO, p.153 – I. Época de la colonia – II. Época de la independencia hasta el Proyecto de Tejedor – III. La codificación – 1. El Proyecto Tejedor – 2. El Proyecto Villegas, Ugarriza y García – 3. El Código de 1886 – 4. El Proyecto de 1891 – 5. El Proyecto de 1906 - IV. El Código 1921 – V. Proyectos de reforma – 1. El Proyecto de 1937 – 2. El Proyecto de 1941 – 3. El Proyecto de 1951 – 4. El Proyecto de 1960 - VI. Principales normas penales – LA RELACIÓN DELITO-PENA - §6 LOS ESTREMOS DE LA RELACIÓN, p.181 - §7 EL IUS PUNIENDI, p.185 – 1. Naturaleza – 2. Limitación – 3. Negación – 4. Conclusiones - §8 FUNDAMENTO DEL DERECHO DE REPRIMIR, p.194 – 1. Teorías retributivas – 2. Critica – 3. Teorías intimidatorias o de prevención – 4. Teoría correccionalista – 5. Teoría de defensa - §9 LA REPRESIÓN FACULTAD DE ESTADO, p.203 – 1. Teorías contractualistas – 2. Teorías organicistas – 3. Teorías jurídicas - §10 LA RESPONSABILIDAD PENAL: DOCTRINAS, p.209 – 1. Impunidad moral – 2. Responsabilidad social – 3. Teorías intermedias – 4. Doctrina de la peligrosidad – PARTE PRIMERA – TEORÍA DE LA LEY PENAL - §11 FUENTES DEL DERECHO PENAL, p.221 – 1. Terminología – 2. Fuentes de producción – 3. Limitación: delitos de imprenta – 4. Fuente de cognición: la ley – 5. Caracteres de la ley penal – 6. Nullum crimen sine lege – 7. Nulla poena sine lege – 8. Leyes penales en blanco – 10. La costumbre – 11. La jurisprudencia – 12. La doctrina - §12 INTERPRETACIÓN DE LA LEY PENAL, p.235 – I. Concepto – II. Clases de interpretación – III. Reglas que rigen la interpretación – IV. El llamado curo de leyes – V. Los llamados acto co-penales y el delito progresivo – VI. La analogía - §13 VALIDEZ ESPACIAL DE LA LEY PENAL, p.263 – I. Concepto – II. Principio que determinan la validez espacial de la ley penal – 1. Principio de la territorialidad o territorial – 2. Principio de la personalidad o de la nacionalidad – 3. Principio real o de defensa – 4. Principio de la justicia mundial o de la universalidad – III. Principios contenidos en la ley penal – A. Territorialidad de la ley penal - 1. La extensión de tierra – 2. El mar territorial – 3. Delitos cometidos en construcciones flotantes – 4. El espacio aéreo – 5. Delitos cometidos en aeronaves – 6. Las sedes de las embajadas o legaciones – B. Penalidad basada en el principio de defensa – IV. Lugar del delito – 1. La doctrina de la iniciación del acto – 2. La doctrina del resultado final – 3. La teoría de la unidad o equivalencia – 4. La legislación argentina - §14 EXTRADICIÓN DE DELINCUENTES, p.285 – I. Concepto y fundamentación – II. Legislación argentina – 1. Los tratados de extradición suscriptos por la Argentina – 2. El Tratado de Montevideo de 1889 – 3. El Tratado de Montevideo de 1933 – 4. Principales diferencias entre los Tratados de Montevideo de 1889 y de 1933 - 5. Excepción en favor de delitos políticos y conexos con políticos – 6. Excepción en favor de los nacionales – 7. La ley 1612 – 8. El Código del procedimiento en lo criminal – 9. La jurisprudencia - §15 VALIDEZ TEMPORAL DE LA LEY PENAL, p.297 – 1. El principio general: irretroactividad de las leyes – 2. Retroactividad y ultraactividad de la ley penal más benigna – 3. El Código penal argentino – 4. Determinación de la ley más benigna – 5. La ley intermedia – 6. Las leyes interpretativas y de fe de erratas – 7. Las medidas de seguridad y educativas – 8. Norma más favorable. Ley no penal – 9. Ley temporaria y excepcional – 9bis. Los decretos-leyes – 10. Tiempo del delito - §16 APLIACIONES DE LA LEY PENAL CON RESPECTO A CIERTAS PERSONAS Y A CIERTOS ACTOS, p.315 – 1. El principio general – 2. Casos que deben distinguirse – 3. Las opciones parlamentarias – 4. Los representantes extranjeros – PARTE SEGUNDA – EL DELITO - §17 DEFINICIÓN Y TEORÍA DEL DELITO, p.325 – I. Las distintas definiciones – II. El delito como ente jurídico – III. El delito como fenómeno natural y como hecho social – IV. Las definiciones dogmáticas – 1. Significación – 2. La definición de Von Liszt - 3. La primera definición de Ernest von Beling – 4. Doctrina de Ernest von Beling – 5. Definición y doctrina de Max Ernst Mayer – 6. Segunda definición y doctrina de Ernest von Beling – 7. Definición y doctrina de Edmundo Mezger – 8. Nueva doctrina de Mezger – V. Síntesis de la evolución de la teoría del delito - §18 LA DEFINICIÓN DEL DELITO EN EL DERECHO ARGENTINO, p.357 – I. Adaptación dogmática – 1. Ausencias de definición legal – 2. Definición adecuada – II. Razones de la elección – 1. El delito es esencialmente acción – 2. La tipicidad cualifica los demás elementos del delito – 3. La amenaza de pena – 4. Las condiciones de punibilidad - §19 LA ACCIÓN ATRIBUIBLE, p.371 – §20 SUJETO PASIVO Y OBJETOS DEL DELITO, p.379 – I. Sujeto pasivo del delito – 1. Concepto – 2. Quienes pueden ser sujeto pasivo del delito – 3. Quienes no pueden serlo – II. Objetos del delito – A. Objeto material – 1. Noción – 2. Objeto materia y “corpus criminis” – 3. Falta de objeto material - B. Objeto jurídico – 1. Noción – 2. Derecho subjetivo u objetivo - §21 CLASIFICACIONES DE LAS INFRACCIONES PUNIBLES, p.389 – I. Según la gravedad – 1. Bipartición y tripartición – 2. La terminología de la Constitución Nacional – 3. Delitos y contravenciones – 4. El ordenamiento jurídico como único criterio valido – 5. El Derecho positivo argentino – II. Delitos políticos y conexos – 1. Distinción por su naturaleza intrínseca – 2. Criterios de distinción – 3. Los delitos conexos – 4 la legislación argentina – 5. En la extradición – 6. En las leyes de amnistía – 7. La jurisprudencia – III. Otras clasificaciones – EL DELITO COMO ACCIÓN - §22 LA ACCIÓN, p.417 – I. Concepto – 1. La acción como sustrato material del delito- 2. Limitaciones que resultan de definir el delito como acción – 3. La acción, en lo material, supone, al menos, una actitud corporal – 4. Denominaciones – 5. La acción solo es humana – II. Elementos de la acción – 10. Manifestación de voluntad – 2. La acción comprende también el resultado – III. La acción y el resultado – 1. Importancia del problema según la modalidad de la acción típica – 2. El conocimiento del curso causal – 3. El concepto unitario de causa- 4. Limitación jurídica – 5. Definición de la acción – 6. El dominio de la acción propiamente dicha – 7. Culpabilidad respecto al resultado – 8. Efectos respecto al error – IV. La teoría de la acción finalista - §23 LA RELACIÓN CAUSAL (TEORIAS), p.443 – I. Las teorías en la comisión – 1. Teoría de la equivalencia de las condiciones (Aequivalentz theorie) – 2. La llamada formula mejorada de la teoría de la equivalencia – 3. Teoría de la causa eficaz – 4. Teoría de Binding – 5. Teoría de la causalidad adecuada – 6. Teoría de la relevancia de la acción – 7. Teoría de Belling o de la causa típica – 8. El criterio preferible – 9. Las llamadas concausas – 10. La verdadera “concurrencia causal” – II. La causalidad en la omisión – 1. Teoría de la acción precedente – 2. Teoría de la acción esperada – 3. Teoría de la obligación – III. La causalidad en los delitos preterintencionales - §24 LA AUSENCIA DE ACCIÓN, p.465 – 1. Sistematización – 2. Situaciones comprendidas – 3. La fuerza física irresistible (vis absoluta) – 4. El uso de medios hipnóticos o narcóticos – 5. Los movimientos reflejos – 6. Los estados fisiológicos que impiden o anulan la capacidad de movimiento - 7. Los estados de inconciencia – 8. Los procesos regulados por la parte del sistema nervioso que rige la vía vegetativa – 9. Cumplimiento de una orden jerárquica – 10 fundamentación legal - 11. Importancia de la distinción - §25 CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS POR LAS MODALIDADES DE LA ACCIÓN, p.475 – I. Formas de la acción: Comisión, omisión y comisión por omisión – 1. Comisión y omisión – 2. Comisión por omisión – 3. Resultado típico y dualidad de acción – 4. Modalidades en relación con la previsión legal – II. Tiempo de la acción: Delitos instantáneos y permanentes o continuos – 1. Delito instantáneo – 2. Delito permanente – III. Problemas vinculados al tiempo de la acción – 1. Ley aplicable – 2. En relación con la impunidad – 3. Con respecto a la antijurídica y la justificación – 4. En la participación – 5. La prescripción – IV. Por el resultado: materiales formales; de daño y de peligro; de pura actividad – 1. Materiales y formales – 2. De daño y de peligro – 3. Peligro real y potencial – 4. Peligro común y peligro particular – 5. Relación de las clasificaciones – 6. La tentativa en los delitos formales – Índice bibliográfico, p.499

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